Las aplicaciones de transporte como Uber, Didi, Cabify e InDrive han revolucionado la forma en que las personas se desplazan por la ciudad. Estas plataformas ofrecen una alternativa rápida y cómoda al transporte público tradicional.
Sin embargo, a pesar de su popularidad, su funcionamiento en Colombia presenta un panorama legal complejo, ya que su operación no está completamente regulada.
(Vea también: ¿Por qué no sale agua del limpiaparabrisas? No es solo por falta de líquido)
Ahora, a menudo se oye a los conductores tanto de vehículos particulares como de motocicletas reclamar por esto a las autoridades o el Gobierno Nacional, ya que es un trabajo lo que están haciendo. Pero, el Código Nacional de Tránsito sanciona a quienes incurren en esto con la fracción D12.
Multa por usar Didi o Uber
El comparendo D12 es una infracción comúnmente conocida como la de ‘transporte ilegal’ y va dirigida para aquellos conductores que usan sus vehículos con propósitos no autorizados por la licencia correspondiente y esto afecta también a los motociclistas que prestan servicio de transporte por los mismos medios, Uber, Cabify o Picap.
La multa acarrea 30 SMLDV lo que equivale a 1.299.990 pesos, que también conllevan inmovilizaciones del vehículo, dependiendo de las veces en las que se incurra la misma infracción y va de la siguiente manera:
- Uso primera vez: 5 días.
- Uso segunda vez: 20 días.
- Uso tercera vez: 40 días.
¿Cuáles son las multas de peatones en Colombia?
Es importante destacar que la responsabilidad en el transporte no recae únicamente en los conductores. Los peatones también pueden tener multas si infringen las normas de tránsito.
Al utilizar servicios como Uber, Didi o Cabify, tanto conductores como pasajeros deben conocer y respetar las leyes de tránsito para garantizar la seguridad de todos y en sí, en los demás medios de transporte de la ciudad. Incluso, hay una multa que va dirigida a quienes invaden el carril de Transmilenio.
Entre las multas más comunes a los peatones y otras que existen, se encuentran:
- Cruzar en lugares no permitidos.
- Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares donde hay paso peatonal.
- Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea.
- Subirse o bajarse de los vehículos en movimiento.
- Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.
Los peatones pueden ser sancionados con un salario mínimo diario vigente que equivale a 43.333 pesos en 2024.
¿Cómo consultar comparendos peatonales?
Consultar si tiene comparendos pendientes es sencillo. Gracias a los avances tecnológicos, las autoridades de tránsito han puesto a disposición de los ciudadanos herramientas en línea que permiten hacer esta consulta de forma rápida y eficiente, virtualmente.
Pasos para hacer la consulta:
- Ingrese a la página web de la Secretaría de Movilidad o a través de la aplicación ‘Mi movilidad a un clic’.
- ‘Consulta’ y luego opción ‘pago de comparendos’.
- Elegir entre: ‘consulte aquí comparendos’, ‘acuerdos de pago’ y ‘embargos’.
- Digite los datos requeridos.
- Selecciones el captcha y haga clic en ‘consultar’.
- Por último, aparecerá toda la información del comparendo.