El contrato fijo en Colombia, en caso de que el Congreso apruebe la reforma del Gobierno Petro, tendrá algunas importantes modificaciones, que incluye la temporalidad y la capacidad de renovación a manos del empleador.
Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo, había mencionado que la idea de la reforma era la de priorizar el uso de la vinculación a término indefinido, gracias a los derechos laborales que en ese vínculo se reconocían.
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Si bien incluso en un momento se llegó a pensar en que el contrato fijo en Colombia desaparecería, el proyecto que discute el Congreso lo mantiene, pero le impone una serie de limitantes.
Agremiaciones de trabajadores independientes del país piden no eliminar la figura pues responde a las necesidades y nuevas lógicas del mercado laboral nacional.
Con esto de base, si la reforma del Gobierno Petro es aprobada, el contrato fijo en Colombia se va a mantener como opción de acuerdo entre dos partes.
Según el proyecto de ley, podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo por un término superior a un mes y hasta por dos años para atender necesidades temporales del empleador y deberá celebrarse por escrito y tendrá que especificarse la temporalidad del mismo.
¿Cuándo más el contrato fijo en Colombia pasaría a ser indefinido?
Y, agrega, “cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un (1) año, las partes podrán prorrogarlo el número de veces que estimen convenientes”.
Una modificación clave tiene en cuenta que si en el contrato fijo en Colombia, con 30 días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, este se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado.
“En ningún caso, el tiempo inicial pactado y sus prórrogas puede ser superior a dos años”, complementa el proyecto de ley.
De acuerdo con la ministra Ramírez, esta modificación es sustancial en la medida en que se les siguen dando herramientas a los trabajadores del país para recuperar derechos como el pago de las prestaciones a cesantías, entre otros.
Finalmente, agrega el proyecto que si el contrato fijo en Colombia no se celebra por escrito pasará a ser indefinido cuando:
- No se especifique la necesidad temporal.
- Cuando en realidad tenga por objeto satisfacer necesidades permanentes del empleador.
- Cuando el plazo inicial pactado y sus prorrogas supere los dos años o cuando con 30 días de antelación al vencimiento de su última.
Espera el Gobierno que las modificaciones al contrato fijo en Colombia que trae la reforma laboral sean aprobadas por el Congreso en las próximas semanas para que inicie la reglamentación.