El artículo 18 de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro fue aprobado tras su paso por la Cámara de Representantes. En este se especifica en qué casos puntuales se concede a los trabajadores del país obtener licencias.
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Qué licencias avala la reforma laboral para los trabajadores
Con lo aprobado en la Cámara de Representantes, se avalaría la concesión de licencias a trabajadores en los siguientes casos:
- Ejercicio del sufragio.
- Desempeño de cargos oficiales transitorios.
- Grave calamidad doméstica comprobada.
- Para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para ir al entierro de sus compañeros.
- Para asistir a citas médicas, incluyendo trabajadoras que presenten ciclos menstruales incapacitantes.
- Para asistir a obligaciones escolares como acudiente de hijos, incluye actividades deportivas y deben acreditar la asistencia.
- Para atender los asuntos relacionados con situaciones judiciales, administrativas, médicas relacionados con violencias basadas en género.
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El debate también permitió la aprobación de los artículos 11, 14, 15, 16 y 17, en los cuales se abarcan temas como la reubicación de personas amparadas con estabilidad ocupacional reforzada, jornada máxima legal, horas extras, límite al trabajo suplementario y remuneración obligatoria de días de descanso obligatorio.
#Atención🇨🇴 La plenaria de @CamaraColombia ha aprobado el artículo 18: Obligaciones especiales del empleador. Modifíquese el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.👉🏾Conceder al trabajador y trabajadora las licencias necesarias para casos puntuales. Por… pic.twitter.com/FV2lC6kN8N
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) October 7, 2024