Caso Evacol vs Crocs: pleito por imitación sería resuelto por la Corte Constitucional

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La batalla entre Evacol y Crocs por sus conocidos suecos de goma podría llegar a la Corte Constitucional. La marca estadounidense sigue en una pelea legal contra la empresa colombiana, a la que acusa de copiar sus modelos.

El pleito inició en 2017 luego de que Crocs iniciara acciones legales contra la Evacol con miras a proteger la marca. La disputa, que ya lleva ocho años, ha tenido fallos a favor y en contra de la compañía norteamericana.

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De esta manera, ante los reveses judiciales, la compañía estadounidense ha insistido en que el caso merece una revisión más profunda.

Por ello, el magistrado Vladimir Fernández ha propuesto que la Corte Constitucional estudie la tutela radicada por Crocs, con el objetivo de definir si la protección de su marca tridimensional debe prevalecer sobre las decisiones de instancias anteriores.

Fue en 2016 que Crocs registró la marca tridimensional de su calzado ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en Colombia.

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Un año después, emprendió acciones legales contra Evacol, argumentando que la compañía colombiana replicaba el 95% de sus diseños y en al menos tres referencias de productos, infringiendo los derechos de propiedad industrial sobre la marca tridimensional.

Sin embargo, el caso volvió a dar otro vuelco en 2024. Ese año, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá revocó la sentencia proferida por la Superindustria y se inclinó a favor de los intereses de la empresa nacional.

Pero la empresa estadounidense sigue buscando que se reconozca su derecho exclusivo sobre la forma de sus zapatillas y se prohíba la comercialización de modelos similares.

Para el magistrado Fernández, esta es una oportunidad para que la Corte se pronuncie respecto al alcance y los límites de la propiedad industrial, así como de la protección de las marcas tridimensionales.

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Lo anterior, teniendo en cuenta que la falta de unificación “ha llevado a que las autoridades judiciales tengan posturas tangencialmente opuestas en casos con amplias similitudes”.

“Esto resulta no menos que importante en vista de que en casos prima facie similares (casos que tienen pruebas suficientes para respaldar una reclamación, a primera vista), con productos que guardan gran similitud y coexistían antes del registro de la marca tridimensional, las autoridades judiciales interpretan de manera distinta los conceptos del Tribunal Andino”, explicó el magistrado.

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