El nuevo sistema de pensiones en Colombia, aprobado en 2024, plantea modificaciones significativas para los trabajadores independientes.
Si la Corte Constitucional da su visto bueno, la reforma entrará en vigor el 1 de julio de 2025, afectando a más de 9,7 millones de trabajadores por cuenta propia, de los cuales 8,2 millones son informales, según el Dane.
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Uno de los cambios más importantes radica en el papel de los contratantes de prestación de servicios. Según el artículo 7 de la reforma, ahora estos empleadores deberán asumir la obligación de descontar y pagar los aportes a pensión de sus contratistas.
Los cambios en la reforma implican que las empresas contratantes tendrán que descontar de los honorarios mensuales de los trabajadores independientes un 16% para pensión, más el aporte al Fondo de Solidaridad Pensional cuando corresponda:
-Ingresos entre 4 y menos de 7 salarios mínimos: 1,5% adicional.
-Ingresos entre 7 y 11 salarios mínimos: 1,8% adicional.
-Ingresos entre 11 y 19 salarios mínimos: 2,5% adicional.
-Ingresos entre 19 y 20 salarios mínimos: 2,8% adicional.
-Ingresos superiores a 20 salarios mínimos: 3% adicional.
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Si el contratante no realiza este descuento, deberá asumir el pago completo de la cotización. Además, la base de cotización será el 40% del valor mensualizado del contrato.
Otro cambio relevante es que los trabajadores independientes con varios contratos simultáneos deberán cotizar de manera independiente por cada uno de ellos, sin consolidar los ingresos.
Sin embargo, la Ley 2381 de 2024 no establece cómo se hará el pago de EPS y ARL para los prestadores de servicios.
“En principio, como está redactada la norma, habría dos aportes: el de pensión a cargo del contratante y el de salud y ARL a cargo del contratista. Pero es necesario esperar una reglamentación para saber cómo se ejecutará este proceso”, explicó Felipe Quintero García, abogado laboralista.
Por ejemplo, si un trabajador independiente recibe un contrato por $10 millones, la base de cotización será $4 millones. Sobre esta cifra se aplicará el porcentaje correspondiente para pensión, salud y riesgos laborales. La diferencia es que ahora el contratante hará el descuento directo para pensión.
“A mí me ofrecen pagar $10 millones por un contrato de prestación. Primero, esos trabajadores independientes por ley tienen que aportar sobre una base mínima de 40% del contrato. O sea, aportan en este caso sobre $4 millones. Por esos $4 millones tendrán que aportar a salud, pensión y riesgos. Este aporte lo tiene que pagar el trabajador independiente, pero en este caso se va a pagar por descuento directo que haga el contratante por los honorarios”, precisó Camilo Cuervo, socio de Holland & Knight.
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El futuro de la reforma pensional está en manos de la Corte Constitucional, que en las próximas semanas estudiará su legalidad.
El presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, confirmó que la ponencia está lista para ser debatida y que la decisión se tomará en un plazo de cuatro a cinco semanas.
La reforma ha recibido más de 50 demandas por supuestas irregularidades en su trámite, incluyendo la aprobación del texto sin un debate detallado en la Cámara de Representantes, lo que algunos opositores consideran un “pupitrazo”.
Uno de los aspectos más discutidos es el de la pensión de sobrevivientes. Según la nueva normativa, el monto que integrará este beneficio será el de la cotización que supere los 2,3 salarios mínimos. Si no hay beneficiarios, esos aportes podrán formar parte de la herencia del cotizante.
Mientras la reforma sigue su curso en la Corte, los trabajadores independientes deben prepararse para los cambios en sus aportes y cotizaciones. El nuevo sistema podría representar un ajuste significativo en sus ingresos netos y en la forma en que gestionan su seguridad social.
Por ahora, todo dependerá del fallo de la Corte Constitucional y de la futura reglamentación de los aspectos que la ley dejó en el aire, como los aportes a salud y ARL.
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