Estas son las reglas del nuevo fondo de ahorro pensional: listo el borrador del decreto que las define

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El Ministerio de Hacienda publicó el borrador del decreto que define las reglas bajo las cuales operará el nuevo Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (Fapc), un mecanismo clave en la reforma pensional que entrará en vigencia el próximo 1 de julio.

Este fondo será administrado por el Banco de la República y su reglamentación estará abierta a comentarios del mercado hasta el 8 de marzo.

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El decreto establece cómo se administrará el Fapc, cuáles serán las funciones del Banco de la República y los lineamientos para la inversión de los recursos que lo alimentarán.

Además, detalla el funcionamiento del comité directivo y el proceso para la contratación de terceros que gestionarán el portafolio de inversión.

El Fapc jugará un papel central en el nuevo sistema pensional, ya que será el encargado de administrar buena parte del ahorro pensional de millones de colombianos.

Se estima que cada mes ingresarán al fondo aproximadamente 1,4 billones de pesos, alcanzando un acumulado de 660 billones de pesos en 2051.

En los primeros años, los ingresos anuales representarán el 0,9 % del PIB, y llegarán hasta el 1,2 % en 2051, para luego descender progresivamente por el pago de pensiones.

Por esta razón, el gerente del Banco de la República, Leonardo Villar, insistió en la importancia de acelerar la expedición del decreto. “Con su expedición podrá iniciarse el proceso de preparación para un cambio de tanta profundidad como el que tenemos por delante”, señaló Villar.

El decreto establece que el Fapc contará con recursos adicionales del Gobierno para mitigar el riesgo de pago de pensiones y aclara que estos dineros serán inembargables.

La administración del fondo estará a cargo del Banco de la República, mediante un contrato con el Ministerio de Hacienda, y los costos de operación se cubrirán con los rendimientos del fondo.

Los recursos del Fapc serán administrados a través de patrimonios autónomos o encargos fiduciarios constituidos por administradoras de fondos de pensiones y cesantías, sociedades fiduciarias, comisionistas de bolsa o compañías de seguros de vida, todas bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera.

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El comité directivo del Fapc estará conformado por los ministros de Hacienda y Trabajo (o sus delegados), el director del Departamento Nacional de Planeación y cuatro expertos designados por el Banco de la República.

El presidente de Colpensiones podrá participar en las reuniones, pero sin derecho a voto.

La junta directiva del Banco de la República seleccionará a los cuatro expertos considerando su experiencia en inversiones, riesgos financieros, actuaría y seguridad social.

Estos miembros no podrán tener vínculos con administradoras de pensiones, el Gobierno o entidades relacionadas con la gestión de la seguridad social. Su permanencia en el comité será de cinco años, con posibilidad de reelección por otro período igual.

Entre las funciones del comité estará la aprobación de las políticas de inversión y administración de los recursos, el seguimiento del desempeño del fondo y la solicitud de conceptos al Comité Autónomo de la Regla Fiscal cuando sea necesario.

El borrador del decreto estará disponible para comentarios hasta el 8 de marzo. Una vez finalizado este periodo, el Gobierno podría hacer ajustes antes de su expedición definitiva.

La implementación del Fapc será uno de los mayores retos en la transición al nuevo sistema pensional que comenzará a operar en julio.Siga leyendo: Gobierno congela recursos a Colpensiones, ¿se afectará el pago de las pensiones?

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