'La Sala se encuentra valorando los problemas de financiamiento del sistema denunciados por varios actores': presidente de la Corte Constitucional

El magistrado José Fernando Reyes habla de la Unidad de Pago por Capitación y del incidente de desacato que le abrieron al ministro de Salud por incumplir una orden sobre presupuestos máximos.

EL TIEMPO dialogó con José Fernando Reyes, presidente de la Sala de Seguimiento a la sentencia T-760 de 2008 sobre el derecho a la salud, y quien en pocos días dejará la presidencia de la Corte Constitucional.

El magistrado admite que hay un “retroceso” con dicho fallo y se refiere a la problemática del flujo de caja de las EPS con los presupuestos máximos, que derivó en un ultimátum para el ministro Jaramillo y en el incidente abierto en su contra, que se encuentra en revisión. También habla de la lupa de la Corte a la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) por las quejas elevadas por actores del sistema.

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Se abrió un incidente de desacato contra el ministro relacionado con los presupuestos máximos...

Recientemente la Sala evaluó el cumplimiento del Auto 2881 de 2023 y la suficiencia de los presupuestos máximos, encontrando incumplida la orden de pago de los reajustes de los presupuestos de la vigencia 2022 -por valor de 819 mil millones-. Dineros que no habían sido girados a las EPS a pesar de que el Consejo Superior de Política Fiscal -Confis-, del 26 de diciembre de 2023, autorizó que estos reajustes fueran cancelados con cargo al servicio de deuda del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2024. Pero el Ministerio de Hacienda no había transferido los recursos. Sobre la vigencia 2023, la Corte concluyó que los presupuestos máximos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, fueron reconocidos en el plazo dispuesto, pero fueron desembolsados de forma tardía. En cuanto a lo sucedido durante el 2024, la Sala advirtió que el mecanismo de presupuestos máximos estuvo desfinanciado y no se contaba con los recursos suficientes para pagar lo correspondiente al segundo semestre.

(...) La Sala destacó que la demora en el pago y en ejecutar las acciones que permitirían superar la insuficiencia de recursos pone en riesgo la sostenibilidad financiera de las EPS y el goce efectivo del derecho a la salud de los afiliados al sistema. Por lo anterior, declaró el incumplimiento general del componente de suficiencia de presupuestos máximos; y con ocasión de los incumplimientos al Auto 2881 de 2023 se dio apertura al incidente de desacato contra el ministro de Salud.

José Fernando Reyes, presidente saliente de la Corte Constitucional. Corte Constitucional

¿Qué viene tras la apertura del incidente?

La Sala le corrió traslado para que se pronuncie y acredite el cumplimiento de lo ordenado en el Auto 2881 en el término de 48 horas; y se le requirió, por última vez, para que, si no lo ha hecho, pague el valor correspondiente al ajuste de los presupuestos máximos de la vigencia 2022 y cree una metodología unificada de definición y reajuste de dichos presupuestos, que observe los parámetros señalados en el Auto 2881 de 2023.

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A propósito, algunos actores del sistema insisten en que el actual gobierno ha incurrido en omisiones asociadas al financiamiento del mismo. ¿Coinciden?

La Sala ha reiterado en varias ocasiones la necesidad de garantizar la suficiencia de los recursos con los que se financia el PBS, tanto la UPC como los presupuestos máximos, en autos de 2016, 2021 y 2023. Recientemente, la Sala adoptó tres decisiones en las cuales destacó la existencia de problemas que afectaban el financiamiento del sistema y, por ende, impactaban negativamente el acceso a los servicios de salud por parte de los colombianos. La primera en materia de presupuestos máximos (Auto 2881 de 2023), la segunda respecto del Acuerdo de Punto Final (Auto 2882 de 2023) y la tercera, una medida cautelar en la que se ordenó las normas que destinaban el 5% de la UPC para la operación de los equipos básicos de salud, hasta tanto el Consejo de Estado no emita una decisión definitiva (Auto 875 de 2024). En la actualidad, la Sala se encuentra valorando los problemas de financiamiento del sistema denunciados por varios actores; sin embargo, las posibles omisiones del Gobierno Nacional en la materia -por las que me pregunta- corresponden ser constatadas e investigadas por otras entidades como la Procuraduría.

José Fernando Reyes, presidente de la Corte Constitucional. Corte Constitucional

La Contraloría dijo en una auditoría que no hay certeza sobre las finanzas de las EPS y las cifras reales del sistema. ¿Qué dice la Corte?

La Corte no se ha ocupado específicamente sobre ese tema. Las decisiones en materia de financiamiento que pueden aludir de alguna forma a las cuentas de las EPS, se han soportado en informes gubernamentales contrastados con la información disponible en bases de datos públicas.

¿Cambiaría el enfoque de la Sala si se aprueba la reforma a la salud que promueve el gobierno?

La Sentencia T-760 de 2008 se cimentó en el ordenamiento legal existente para esa época. De hecho, allí se adoptaron varias determinaciones en atención al incumplimiento de varios mandatos de la Ley 100 de 1993 y la Ley 1122 de 2007. Sin embargo, la finalidad de la sentencia es la remoción de las barreras administrativas y financieras que impiden el acceso efectivo al derecho a la salud, de manera que se garantice su goce efectivo. Por tanto, las órdenes objeto de seguimiento deben adaptarse a los cambios normativos que surjan, como ocurrió con la aprobación de la Ley 1438 de 2011 y la Ley Estatutaria 1751 de 2015; sin perder de vista que la finalidad de la decisión de la Corte es la garantía del derecho fundamental a la salud. En segundo lugar, no puedo pronunciarme sobre un proyecto de ley o una norma que pueda ser demandada y ser objeto de conocimiento de la Corte.

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Corte Constitucional Cortesía

Muchos aspectos de la sentencia T-760 registran un nivel de cumplimiento bajo. ¿Ello supone una gravísima crisis en el sistema?

En los últimos años la evaluación del cumplimiento de la sentencia T-760 ha evidenciado un retroceso. Es así como a diciembre de 2024 seis mandatos completos y seis componentes de otros contaron con un nivel de cumplimiento bajo, lo que representa aproximadamente el 50% de las órdenes de la sentencia.

El cumplimiento por la suficiencia de la UPC actualmente es medio. ¿Por qué? ¿Sigue siendo insuficiente?

El nivel de cumplimiento medio declarado frente a estas órdenes fue producto de la evaluación de la suficiencia de la UPC realizada en el Auto 996 de 2023. Allí se evidenció que por primera vez la UPC del régimen subsidiado se calculó partir de los datos del mismo régimen (...) La Corte el año pasado citó a una sesión técnica en la que convocó a los actores del sistema para conocer su opinión sobre la suficiencia de la UPC. Sesión en la cual la mayoría de los asistentes manifestó que la UPC girada por el Gobierno nacional era insuficiente, por lo tanto, la Corte exigió la presentación de las razones técnicas. Información que fue suministrada a la Sala Especial y que en la actualidad está siendo valorada por esta dependencia.

¿Se ha discutido la declaratoria de un Estado de Cosas Inconstitucional por esa crisis?

La Corte ha recibido solicitudes que buscan la declaratoria del Estado de Cosas Inconstitucional de diversos actores del sistema, debido a las decisiones relacionadas con la fijación de la UPC adoptadas por el Ministerio de Salud. Se recibió una remitida por la Procuraduría. Ahora bien, dentro del seguimiento que la Sala realiza a la suficiencia de los recursos que financian el Plan de Beneficios en Salud, estudia la forma como se define la UPC, lo que me impide pronunciarme al respecto, hasta tanto la Corte emita una decisión definitiva.

ANA MARÍA CUESTA

Editora de justicia anacue@eltiempo.com

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