Detalles de la demanda ante la Corte Constitucional de los ‘padres del acuerdo de paz’ contra la JEP

La Corte estudia una demanda de Sergio Jaramillo y Humberto de la Calle contra la Sentencia 5. ¿De qué se trata?

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El alto comisionado de Paz durante la presidencia de Juan Manuel Santos, Sergio Jaramillo, y el senador Humberto de la Calle, quien lideró la delegación del gobierno en la negociación que durante cuatro años sostuvieron con la guerrilla de las Farc, liderada por Rodrigo Londoño, ‘Timochenko’, presentaron una demanda contra una sentencia interpretativa que la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la JEP expidió en mayo de 2023, conocida como la Senit 5.

La Corte Constitucional tendrá la última palabra sobre el mecanismo de la Senit 5. Cortesía

La Senit 5 introdujo una figura llamada la ‘facultad de selección de segundo orden’, que abre la puerta para que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP (SDSJ) escoja a quienes no son considerados máximos responsables –llamados partícipes no determinantes de graves crímenes–, para que eventualmente sean sometidos a juicios adversariales en la Fiscalía de la JEP cuando no hayan reconocido su responsabilidad o cuando hayan hecho aportes insuficientes a la verdad.

La demanda explica que la facultad de selección, que originalmente la ejerce otra Sala, no aparece para la SDSJ en el diseño original del sistema y que ello estaría incorporando un modelo de investigación ‘caso a caso’ para los comparecientes que han quedado en la mitad, que prolongaría la actividad investigativa de la JEP imposibilitando su cierre. La JEP tendría que cerrar a más tardar en el año 2038, pues inició funciones el 15 de marzo de 2018 y la ley contempla 15 años iniciales que podrían extenderse cinco más para culminar su actividad jurisdiccional.

La firma del Acuerdo de paz entre el Gobierno y las extintas Farc, en 2016 Héctor Fabio Zamora. Archivo EL TIEMPO

Para Jaramillo y De la Calle, esa interpretación acogida por la JEP viola la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos y podría generar un escenario de impunidad que atacaría a la centralidad del acuerdo de paz: las víctimas.

Alerta por la impunidad

Los exnegociadores del Gobierno advierten que el enfoque que plantea la Senit 5 haría inviable las investigaciones de la JEP en un plazo razonable y la desviaría de su mandato legal de centrarse en los máximos responsables.

Citan que, a octubre de 2024, seis años después de su entrada en funcionamiento, había 14.411 sometidos a la jurisdicción. “Sin embargo, únicamente se han identificado 157 máximos responsables, se han otorgado 827 amnistías, y hasta ese momento no se había otorgado ninguna renuncia a la persecución penal ni se había emitido la primera sanción. Esto significa que, tras seis años de operación, permanece pendiente definir la situación jurídica de al menos 13.584 personas”, indica la demanda.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas es la autora del mecanismo demandado ante la Corte. JEP

Jaramillo y De la Calle advierten que anualmente la JEP ha dedicado su tiempo al análisis de un promedio de seis máximos responsables.

“Si se mantuviera este ritmo de trabajo y se intentara analizar, caso por caso, a las 13.584 personas pendientes, el tiempo requerido sería de aproximadamente 2.264 años”, sentencian.

Agregan que, de continuar la Senit 5, si se quisieran analizar los casos de los 13.584 sometidos a la JEP restantes, en los próximos 9 años, se requeriría definir la situación de al menos 1.044 personas por año. “De la experiencia que ha tenido hasta hoy la JEP, en donde apenas ha aplicado la renuncia a la persecución penal a 34 comparecientes de la fuerza pública, se puede concluir que ello es inviable”, manifiestan.

La demanda en la Corte

Una demanda similar a la de Jaramillo y De la Calle fue presentada por el exministro de Justicia del gobierno Santos Yesid Reyes, pero la Corte no la admitió en su momento. El año pasado, el mismo expresidente Juan Manuel Santos le pidió al alto tribunal priorizar el asunto, generando un choque con el entonces presidente de la Corte, José Fernando Reyes.

“Les rogaría que asumieran esa demanda lo más pronto posible porque la JEP necesita instrucciones claras para evitar una actitud maximalista”, dijo el nobel de paz. “El expresidente Santos no le marca la agenda a la Corte”, respondió el magistrado.

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La magistrada Natalia Ángel admitió la demanda de los exnegociadores por los cargos de violación del principio de legalidad debido a la asignación de competencias a la Sala de Definición y a la Fiscalía de la JEP, “en cuanto a la creación de la categoría dogmática intermedia entre la máxima responsabilidad y la participación no determinante”; y por la violación del debido proceso y del marco constitucional del régimen de condicionalidad.

Ana María Cuesta

Editora de Justicia

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