Desde las próximas semanas, en la Fiscalía General de la Nación empezará a regir un cambio interno con el que los principios de oportunidad, bajo algunas causales, podrán ser otorgados por el fiscal que lleve un determinado caso, ahorrándose así la revisión que normalmente hace el despacho de la fiscal general.
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EL TIEMPO conoció que la decisión de la administración de la fiscal Luz Adriana Camargo está orientada a no concentrar todo en su oficina y así darle mayor celeridad a estos trámites, en los cuales muchas veces los procesados y los fiscales se quedan esperando que se descongestione el despacho de la jefe del ente acusador para poder avanzar en el proceso de colaboración.
En plata blanca, un principio de oportunidad es el mecanismo legal a través del cual se le da a un procesado la inmunidad total o parcial de los delitos cometidos, a cambio de que colabore con la Fiscalía delatando, por ejemplo, a los mayores responsables de los hechos investigados. Ese es el caso de Olmedo López y Sneyder Pinilla, exdirectivos de la UNGRD que prometieron destapar el supuesto entramado de corrupción a cambio de ser exonerados de algunos delitos.
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Para hablar de los alcances de esta modificación, este diario contactó al penalista y profesor Juan David Bazzani, quien fue el coordinador del Grupo de Mecanismos de Terminación Anticipada -el famoso grupo de principios de oportunidad- de la Fiscalía, entre 2015 y 2019, cuando el fiscal general era Néstor Humberto Martínez. Según Bazzani, esta modificación traerá una mayor celeridad a nivel penal, ya que hoy por hoy el trámite para conseguir la aprobación de un principio es "tremendamente burocrático".
Edificio del búnker de la Fiscalía General de la Nación. Foto: Jesús BlanquicetAbogado, usted estuvo al frente del grupo coordinador de principios de oportunidad...
Sí. En su momento, en 2015 nosotros sacamos una primera resolución en la que liberamos varias de las causales de principio de oportunidad para que no tuvieran que ir al despacho del fiscal general para su aprobación.
Cuando coordiné el grupo, aumentamos en más del 500 por ciento la aplicación del principio de oportunidad, estábamos otorgando más de 22 o 23 decisiones mensuales, para un total de 240 o 250 al año. Ese número solo tuvo ocurrencia en nuestra época, y después de ese periodo volvió a decaer enormemente la estadística. Esto tiene sentido porque el fiscal general es el convocado a tomar esa decisión, y si él no tiene el tiempo para poder revisar todos los principios, es imposible trabajar a ese ritmo.
Es decir, a lo largo de los años se han dado cambios en este sentido...
Antes, la mayoría de principios de oportunidad que celebraba un fiscal en su despacho tenían que ir directamente al despacho del fiscal general de la Nación para su aprobación. Otros no tenían que ir allá, pero tenían que subir a revisión y aprobación de un fiscal delegado ante el Tribunal. Este mecanismo hacía que los principios de oportunidad fueran tremendamente burocráticos, excesivamente demorados, y por supuesto la aplicación del principio de oportunidad en Colombia era absolutamente baja, casi que inexistente. Ni siquiera llegaban al 0,1 por ciento del total de casos que conocía la Fiscalía. Es decir, la aplicación era casi nula.
Entrevista con Luz Adriana Camargo, fiscal General de la Nación. Fotógrafo: NESTOR GÓMEZ¿Y entonces qué se hizo cuando usted hizo parte de la Fiscalía?
A partir de la resolución de 2015, se liberaron varias causales para que los fiscales pudieran aplicar de manera autónoma el principio de oportunidad sin necesidad de un fiscal delegado ante el Tribunal y el fiscal general. En 2016, expedimos una nueva resolución en materia de principio de oportunidad, conservamos esa filosofía de hacer que la mayoría de causales no fueran al despacho del fiscal general, pero se mantuvieron algunas como está hoy por hoy. En ese caso, las causales como temas de interés nacional, extradición y temas que involucran decisiones de mayor nivel, sí debían ir para aprobación del fiscal general. Pero esas causales, la verdad es que tienen una aplicación muy baja, casi que inexistentes, de manera que liberarlas o no pues no tendría un impacto importante en esta materia.
¿En cuáles sí hay incidencia?
Hoy por hoy el proceso es tremendamente burocrático, el fiscal de un caso ofrece un principio y debe esperar al despacho de la fiscal general para que apruebe.
En las causales cuarta y quinta de colaboración con la justicia, porque la mayoría de los principios que se celebran, es por estas causales. Hoy por hoy el proceso es tremendamente burocrático, el fiscal de un caso ofrece un principio y debe esperar al despacho de la fiscal general para que apruebe. Ese proceso puede tomar más de un año, lo cual es engorroso y contrario a los fines de negociación.
El procesado tendría que esperar todo eso para negociar...
Entenderás que una persona que sabe que tiene que esperar un año para que le aprueben el principio, no tienen ningún tipo de garantía, además que entorpece el avance célere de los procesos. De suerte que liberar las causales de colaboración para que no tengan que ir al despacho del fiscal general, sino únicamente en casos de interés nacional, realmente sí podría tener un impacto muy importante en favor de los mecanismos de colaboración.
Juan David Bazzani, abogado. Archivo particular¿Por qué lo cree, abogado?
Entre otras cosas, porque va a dejar de producirse el fenómeno que ocurre hoy en día, y es que las personas negocian un principio de oportunidad con el fiscal del caso, quien les da el principio, pero un año después el despacho del fiscal general niega el principio. De manera que toda la negociación que se había adelantado, termina por perderse. De suerte que restringir esa injerencia de la fiscal general en la aprobación de los principios, definitivamente va a tener un efecto muy importante en aumentar la confianza en la utilización del mecanismo, y en aumentar la cantidad de principios de oportunidad que se pueden aplicar por estas causales.
Esto genera una mayor carga de responsabilidad en los fiscales en tanto a lo que significa un principio de oportunidad, ¿no?
Esto, por supuesto, también supone que haya una mayor responsabilidad por parte de los fiscales para la aplicación del principio, y debe haber unos criterios o derroteros que expliquen cuándo se debe conceder el principio por estas causales. Esto no se puede volver una feria de la impunidad, quien lo aplique de esa forma también deberá ser llamado a responder. Pero sí supone un avance muy importante, positivo y muy deseado en este momento en la comunidad jurídica.
En términos generales, ve con buenos ojos este cambio...
Si se liberan las causales, y ya no toca ir adonde la fiscal general, sin duda alguna el porcentaje de principios que se van a ofrecer, va a aumentar de forma muy considerable y eso es deseable para el sistema, en tanto se van a terminar más procesos por vía de este mecanismo alternativo; y en segundo lugar porque eso va a permitir incorporar u obtener más información de otros delitos que pueda reconducir otras investigaciones que sean importantes.
Carlos López - Redacción Justicia - @CarlosL49 - carben@eltiempo.com
Carlos López