Uno de los principales cambios que planteó el proyecto de reforma a la justicia, presentado la semana pasada ante el Congreso por la fiscal general Luz Adriana Camargo, el presidente de la Corte Suprema de Justicia Gerson Chaverra y la ministra de justicia Ángela María Buitrago, está en la aplicación del principio de oportunidad.
La propuesta reduce de 17 a 7 las causales que trae el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) para la aplicación del principio de oportunidad, que no es más que un mecanismo de terminación anticipada de los procesos penales con los que la Fiscalía decide exoneran totalmente a los delincuentes, por razones de política criminal, como la colaboración efectiva.
El proyecto de reforma a la justicia elimina la prohibición explícita que actualmente existe para celebrar principios de oportunidad en delitos en los que las víctimas son menores de edad. Dicha prohibición aparece en el tercer parágrafo del artículo 324 de la Ley 906.
EL TIEMPO estableció que la Alianza por la Niñez Colombiana, conformada entre otros por las organizaciones Red PaPaz, Plan International y Aldeas Infantiles SOS, emitirá en las próximas horas un duro pronunciamiento cuestionando los cambios en los componentes sobre los procesos penales contra la infancia que aparecen en los 12 artículos del proyecto de ley.
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"Este proyecto en ningún caso está levantando las prohibiciones que existen para no conceder sustitutos penales, esto es libertad condicional, prisión domiciliaria, condena o ejecución condicional cuando se trate de delitos donde sean víctimas niños, niñas y adolescentes. Lo que permite el proyecto es que se puedan realizar allanamientos y preacuerdos, para todos los delitos, incluyendo en los que son víctimas niños, niñas y adolescentes", expresó en ese momento el presidente de la Corte Gerson Chaverra.
Gerson Chaverra, presidente de la Corte Suprema de Justicia, en la radicación del proyecto de reforma a la justicia Ministerio de JusticiaEl proyecto también incluye un aumento en las rebajas punitivas que se conceden para quienes celebran preacuerdos y allanamiento a cargos en casos contra menores de edad por los delitos de homicidio, lesiones personales, secuestro y delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales.
La veeduría ciudadana 'Primero la infancia' manifestó su desacuerdo con el articulado advirtiendo que "los delitos cometidos contra los niños deben ser castigados con todo el rigor de la ley como lo consagra el inciso final del artículo 44 de la carta magna: 'los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás".
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Lo que dicen los analistas sobre el aval al principio de oportunidad
Aunque el articulado que modifica aspectos sustanciales del procedimiento penal para casos con menores de edad no es popular o de buen recibo dentro de algunas organizaciones defensoras de las familias, entre el gremio de penalistas sí se han celebrado estos planteamientos.
La penalista Mariana Botero advierte que aunque la figura del principio de oportunidad implica la exoneración total de las penas, resulta valiosa para lograr la no repetición. "En muchos casos la misma condena y sentencia no garantizan que la víctima no vuelva a sufrir violencia. Entonces la lógica es, por ejemplo, yo me comprometo a ir a una terapia y una resocialización y usted renuncia a la acción penal", indicó.
Botero señaló que, en todo caso, en un principio de oportunidad las víctimas, en este caso los tutores de los menores de edad, siempre deben estar de acuerdo. "Yo me opongo rotundamente a los principios de oportunidad, cuando soy apoderada, porque por lo general las víctimas no quieren eso. Y ahí entra el rol importantísimo de los apoderados de víctimas. La Fiscalía y la defensa pueden acordar algo pero ningún preacuerdo termina de materializarse si la víctima no está de acuerdo. El principio de oportunidad parte de la base de que la víctima sea reparada en vez de la cárcel", añadió.
El penalista Darío Bazzani expresó que la propuesta tiene sus beneficios pues considera que actualmente muchos casos quedan en la impunidad ante la prohibición de celebrar principios de oportunidad en casos relacionados con la infancia. "Al prohibirse que se aplique el principio de oportunidad siempre que hay un menor, el caso puede quedar en la impunidad porque no se puede esclarecer. En los delitos sexuales cuando hay menores involucrados son delitos que se cometen a puerta cerrada, delitos que se cometen en el ámbito familiar o aprovechando momentos en que los victimarios se quedan con los menores. Esos casos son difíciles de probar porque son a puerta cerrada", expresó Bazzani, agregando que la figura resulta importante para lograr que, por ejemplo, un integrante de una familia delate a un agresor sexual al que encubre.
Radicación del proyecto de reforma a la justicia. MinjusticiaEl presidente del Colegio de Abogados Penalistas, Francisco Bernate, coincide en que la figura del principio de oportunidad en los delitos relacionados con la infancia permite el avance de ciertas investigaciones. "Por ejemplo, en los casos de tráfico de menores, explotación y pornografía no se podía avanzar por no existir esa posibilidad", indicó.
Y el penalista Alejandro Sánchez coincide en señalar bondades sobre la eliminación de la prohibición. "Los menores o las menores pueden ser víctimas de multiplicidad de delitos. Uno siempre piensa en los delitos más graves como delitos sexuales, homicidios, pero realmente los menores pueden ser víctima de cualquier tipo de delitos como hurtos, calumnias, estafas. La prohibición del principio de oportunidad estaba frustrando una posibilidad de salidas anticipadas en muchísimos casos donde el delito involucraba a un menor víctima", puntualizó Sánchez.
En todo caso el debate apenas comienza y los dirigentes del poder judicial han comenzado la socialización del articulado con los legisladores.
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia anacue@eltiempo.com
Ana María Cuesta