La reforma laboral de Colombia, que avanza en su discusión dentro del Congreso de la República, sigue debatiendo sobre la regulación de lo que viene pasando con el trabajo en las plataformas digitales, como ocurre en Rappi.
De acuerdo con el documento que discute el legislativo, deberán reconocerse los derechos laborales de los trabajadores del país que reciben ingresos del uso de plataformas.
Hay que tener en cuenta que, de acuerdo con el Gobierno, los cambios que se proponen para que la reforma laboral de Colombia garantice el mantener los derechos laborales bajo los nuevos modelos y demandas del mercado laboral nacional.
Con esto, además de que las plataformas digitales deben garantizar el pago de los parafiscales de los colaboradores y asumir el costo de los riesgos laborales, a riesgo de que, si no cumplen con esos compromisos, asuman importantes multas.
Así mismo, la reforma laboral en Colombia dispone de nuevos parámetros para el control que se debe hacer, a manos de las plataformas, del trabajo que llevan a cabo los colaboradores.
¿Cómo cambiaría el trabajo en las plataformas digitales con la reforma laboral de Colombia?
- Los sistemas automatizados de supervisión que se utilizan para hacer un seguimiento, supervisar o evaluar la ejecución del trabajo realizado por los trabajadores y trabajadoras de plataformas
- Los sistemas automatizados que se utilicen para tomar o apoyar decisiones que afecten las condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de plataformas, en particular su acceso a las tareas asignadas, sus ingresos, su seguridad y salud en el trabajo, su tiempo de trabajo, su promoción y su situación contractual, incluida la restricción, suspensión o cancelación de su cuenta.
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Finalmente, las empresas de plataformas digitales tecnológicas de reparto entregarán esta información en un documento, en caso de que se apruebe la reforma laboral de Colombia, que podrá estar en formato electrónico en forma concisa, transparente, inteligible y fácilmente accesible, utilizando un lenguaje claro y sencillo.
“Las empresas de plataformas digitales tecnológicas de reparto o entrega no tratarán datos personales de los trabajadores que no estén directamente relacionados con la ejecución del contrato”, concluye el apartado.