Las sucesiones o herencia son un procedimiento legal que generalmente se realiza luego del fallecimiento de un ser querido. Este requisito legal y fiscal debe ser atendido por los familiares del difunto y consiste en la repartición de los bienes adquiridos por esa persona en vida.
Son muchos los colombianos que desconocen que al recibir una herencia están obligados a cumplir con ciertos impuestos y requisitos tributarios.
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Según el artículo 302 del Estatuto Tributario, menciona que el valor de la propiedad o bien recibido por una herencia es considerado como ganancia ocasional, es decir, quienes lo reciben han obtenido un ingreso extraordinario que no proviene de su actividad económica habitual y debe pagar impuestos.
Son muchos los requisitos a tener en cuenta para recibir una herencia. iStock¿Qué impuestos se deben pagar al ser beneficiario de una herencia?
El Código Civil es la ley encargada de estipular todas las condiciones y requisitos para acceder a una herencia, entre estos se destaca el artículo 302 del Estatuto Tributario que determina el impuesto que los herederos deben cancelar por recibir estos bienes.
El impuesto que aplica para las herencias recibidas es el 15 % del valor del patrimonio, es decir, si recibe un apartamento de 100 millones de pesos, deberá pagar un impuesto de ganancia ocasional por un valor de 15 millones de pesos.
La norma establece en un principio que los herederos legitimados o también llamados herederos forzosos como lo son descendientes y ascendientes como hijos, nietos y padres, tienen acceso a una exención que se ha reducido de 3.490 a 3.250 unidades de valor tributario, es decir, aproximadamente 152.961.250 millones de pesos en 2024.
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Por otro lado, para los no legitimados, se mantiene una exención del 25 %, limitada a 1.625 unidades de valor tributario, que corresponden aproximadamente a 76.480.625 millones de pesos este 2024.
Sin embargo, existen ciertas exenciones y reducciones a las que podría aplicar en caso de recibir una herencia.
Valor exento: la ley establece un valor exento para ciertos parientes, como cónyuges e hijos. Esto significa que hasta cierto monto, no se debe pagar impuesto sobre la herencia. Para el año 2024, este valor exento para cónyuges e hijos es de aproximadamente 87 millones de pesos colombianos.Gastos funerarios y de sucesión: asimismo, los gastos que se generan en el proceso de sucesión, como los honorarios de abogados, notarios y gastos funerarios, pueden ser deducibles del valor total de la herencia a la hora de calcular el impuesto.
ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO
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