Diciembre es el mes favorito de gran parte de los colombianos. Las fiestas familiares, los regalos, la comida, las clásicas luces y los viajes. Por algo es la época del año con mayor consumo, pero todo esto no estaría al alcance del bolsillo sin la prima que brindan las empresas. Este artículo le explicará cuándo se la deben pagar y cuándo le debería llegar.
Este dinero con el que cuentan los trabajadores a final de año ayuda a dinamizar la economía en los hogares, a mover el comercio, y contar con regalos debajo del árbol para familiares y seres queridos.
Es crucial que cada trabajador conozca plenamente sus derechos, las fechas estipuladas por ley y cuánto debería recibir por prima este año.
Y es que el Código Sustantivo del Trabajo establece que la prima de servicios es un deber de las empresas para con sus empleados. Esta se brinda dos veces al año: en junio y en diciembre.
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Es decir, que por ley, cada trabajador formal que cuente con un contrato a término fijo o indefinido debe recibir en su cuenta de nómina esta prestación.
No obstante, el contrato por obra o labor también puede contar con ese beneficio, e incluso el contrato por días.
Tenga en cuenta que los trabajadores bajo contratos por prestación de servicios no tienen derecho a esta remuneración. Estos se consideran de naturaleza civil o comercial, y no laboral, por lo que no están sujetos a las mismas prestaciones sociales que un contrato laboral formal.
El Decreto Ley 1045 de 1978 de la Presidencia de la República establece en su artículo 32 que la prima se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. En otras palabras, las compañías deben desembolsar este pago antes del 20 de este mes.
En caso de que no reciba la prima o se pase de la fecha, intente resolver el problema directamente con su empleador. A veces, los retrasos o errores pueden resolverse con una conversación.
Si no se logra un acuerdo, busque asesoría de un abogado laboral o acuda a presentar la queja en el Ministerio del Trabajo o sede territorial más cercana.
El cálculo es sencillo. Solo debe multiplicar su salario base por los días laborados en el segundo semestre (julio - diciembre) y dividir el resultado entre 360 del año. Si ha trabajado todos los días, entonces su prima debe equivaler a la mitad de su sueldo.
En ese orden, si su salario es de $2,5 millones sin auxilio de transporte, y trabajó los 180 días que tiene el semestre, entonces su prima será de 1,25 millones.
En cambio, si devenga un salario mínimo ($1,3 millones) y laboró todo el semestre, su remuneración extra equivale a $650.000.
Ahora, si usted no trabajó todo el semestre, entonces tendrá derecho a esta prestación en la medida de los días laborados. Así, si lo hizo solo dos meses: debe multiplicar su salario por 60 días (o los días que haya prestado sus servicios), por su salario y dividir en 360.
Por ejemplo, si fueron solo tres meses (90 días) y devengó $4 millones, su prima es de $1 millón.
Para maximizar su prima de Navidad, es aconsejable que planifique y priorice sus gastos. Enfocarse en pagar deudas, cubrir necesidades esenciales y ahorrar para imprevistos puede ayudar a mantener sus finanzas en orden y evitar problemas futuros.
También es crucial evitar los gastos impulsivos. Aprovechar descuentos y ofertas, pero siempre comparando precios y verificando la calidad de los productos, es una buena estrategia. Apartar una parte para un fondo de emergencia o para inversiones a largo plazo también es una decisión inteligente.
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