La licencia de construcción es un documento fundamental que establece los límites físicos de una propiedad y regula las relaciones con los vecinos. Al definir con precisión las dimensiones y alturas permitidas, este permiso previene conflictos futuros derivados de edificaciones no autorizadas o que invadan espacios ajenos.
Imagen de referencia / ShutterstockUn ejemplo claro de cómo evita confrontaciones se observa en la construcción de terrazas. Cuando un propietario decide ampliar su vivienda mediante una obra de este tipo, es crucial respetar los términos establecidos y las normas urbanísticas locales.
(Vea también: ¿Propietarios de primer piso en conjunto residencial deben pagar el ascensor? Ley aclara)
De acuerdo con el consultorio jurídico de El Tiempo, la obra que un vecino haga debe ajustarse a los planes de ordenamiento territoriales de los municipios y distritos, a su vez, deben contar con las debidas autorizaciones de las curadurías y las normas técnicas en temas de construcción e infraestructura, sin contar que no está permitida la invasión del espacio de los colindantes, ya que la ley faculta a la persona afectada, incluso, a que compre ese bien.
¿Qué distancia debe haber entre una casa y otra?
El Código Civil de Colombia especifica que la distancia se medirá entre el plano vertical de la línea más sobresaliente de la ventana, balcón, etc., y el plano vertical de la línea divisoria de los dos predios, siendo ambos planos paralelos. No siendo paralelos los dos planos, se aplicará la misma medida a la menor distancia entre ellos.
Igualmente, menciona que no se pueden tener ventanas, balcones, miradores o azoteas, que den vista a las habitaciones, patios o corrales de un predio vecino.
¿Qué hacer si la construcción de un vecino lo afecta?
De acuerdo con la página oficial del Ministerio de Justicia, “en caso de ser víctima de daños ocasionados en alguno de sus bienes, es necesario presentar denuncia ante la Fiscalía General de la Nación… Asimismo, podrá hacer una estimación del daño, es decir, calcular el valor de los bienes afectados”.