Reforma a la salud: Cámara metió acelerador y aprobó 12 artículos más

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Como si estuvieran a contrarreloj, este miércoles la plenaria de la Cámara de Representantes avanzó con la discusión de la reforma a la salud, que quedó, al cierre de esta nota, avanzada en un 67 % luego de aprobarse 12 artículos en dos bloques de cinco y siete puntos.

En el debate, sin embargo, hubo críticas por el poco tiempo de intervención que tuvieron los representantes para discutir a profundidad los temas que se aprobaron y más cuando llegó a haber un bloque de doce artículos y con límite de tiempo de dos a tres minutos por interviniente.

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Antes de empezar la votación de los bloques de artículos, el vocero de la bancada del Centro Democrático, el representante Andrés Forero, alzó su voz de protesta porque la mesa directiva de la Cámara no quiso permitirle organizar el orden del día a la oposición, a lo que tienen derecho tres veces por periodo legislativo.

Por otro lado, volvieron a surgir reclamos por cinco recusaciones que el martes pasado se hicieron contra las bancadas del Partido Liberal y el Partido de la U y contra 34 congresistas más. Algunos de los recusados volvieron a pedir que se resolvieran en la Comisión de Ética de la corporación, pero como no fue posible, en modo de protesta, gran parte de los representantes de Cambio Radical y Centro Democrático se retiraban de la Plenaria cuando iniciaba la votación de los artículos.

El primer bloque aprobado fue en el que estaban los artículos 9, 10, 11, 12 y 13, que fue aprobado con 69 votos por el “sí” y 12 por el “no”.

El artículo 9 fue el que más controversia tuvo en la discusión, pues era el que establecía las funciones de la Administradora de los Recursos del Sistema de Salud (Adres), entidad que pasará a tener parte de las funciones que hoy realizan las entidades promotoras de salud (EPS), como el pago a clínicas de hospitales y clínicas y las auditorías de las facturas que estas le envíen cobrando por la prestación de servicios de salud.

“Adres va a tener que auditar y girar a los prestadores. (...) Va a hacer de todo en este sistema, el pagador y fondo único, ¿y que no va a necesitar un solo trabajador de planta más? La Adres tiene (actualmente) casi 220. ¿Me van a decir a mí que Adres no necesita un fortalecimiento cuando su presupuesto es apenas de $400.000 millones?”, cuestionó al respecto la representante Jennifer Pedraza (Partido Dignidad), quien fue una de las que se retiró de la votación.

Y es que, con la aprobación de ese artículo, la Adres quedaría con 27 funciones. Entre estas se encuentran, la de suscribir los acuerdos con los prestadores, gestores farmacéuticos y proveedores de servicios y tecnologías en salud; constituir un fondo para la atención de catástrofes, epidemias y contingencias financieras; realizar contratos con entidades especializadas para la realización de auditorías médicas y de cuentas a las Gestoras de Salud y Vida (actuales EPS); así como hacer el pago de la remuneración por administración e incentivos a las mencionadas gestoras.

El artículo 10 es el que señala los recursos del Sistema de Salud que le corresponde administrar a la Adres. Esos recursos, según el proyecto, serán los fiscales y parafiscales del orden nacional y territorial asignados para garantizar el aseguramiento social en salud, que se consolidarán en el Fondo Único Público de Salud que contará con un conjunto de subcuentas.

El artículo 11 habla de las nuevas fuentes de financiación para el sistema, que modifica un artículo del Estatuto Tributario que refiere a la destinación de los impuestos saludables. En ese sentido, quedó establecido que desde enero de 2026 el Gobierno destinará al sistema de salud el 100 % del recaudo de los impuestos a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos.

Entre tanto, el artículo 12 señala la destinación de los recursos administrados por la Adres, que especifica a qué rubros del sistema se destinará el dinero que manejará.

Y el artículo 13 aprobó la creación del Fondo Único Público de Salud que será manejado por la Adres. Tendrá tres cuentas de recursos para la financiación de la atención primaria en salud, el fortalecimiento de la red pública hospitalaria y la Cuenta General para el Manejo y Destinaciones. Será vigilado por la Superintendencia del ramo.

Sobre las 8:30 de la noche, se aprobó el segundo bloque de artículos ( del 14 al 20), con 63 votos a favor y 12 en contra.

El artículo 14 aprobó que para optimizar el uso de los recursos y garantizar la atención en salud, la Adres podrá realizar traslados presupuestales entre las cuentas independientes del Fondo Único Público de Salud, que son las que financian la atención primaria y el fortalecimiento de la red pública hospitalaria. Estos traslados tendrán que ser aprobados por la Junta Directiva de la Adres con previa evaluación técnica y financiera que lo justifique.

Por su parte, el artículo 15 creó la Cuenta de Atención Primaria en Salud, con la que se pagarán los servicios prestados por los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS); las soluciones de transporte y dotación de los equipos de salud territorial; la atención prehospitalaria de urgencias médicas en municipios y distritos; y los demás usos que establezca el ministerio para la atención primaria. Así mismo, el artículo 16 estableció la Cuenta de Fortalecimiento de la Red Pública Hospitalaria que se usará para la sostenibilidad de las Instituciones de Salud del Estado y para el transporte intermunicipal e interdepartamental medicalizado de los departamentos y distritos; al igual que el artículo 17, que constituyó la Cuenta General para el Manejo y Destinaciones de los demás recursos del Fondo Único Público, con la que, entre otras, se pagarán las incapacidades, licencias de maternidad y paternidad y la prestación económica por maternidad a las mujeres y personas no cotizantes.

De igual manera, se aprobó el artículo 18 que habla de la unidad de pago por capitación (dinero para atención de usuarios, conocida como UPC). Mantuvo que el Minsalud será el encargado de definir su valor anual y estableció que para que alcance se asignará presupuestalmente un per cápita para el financiamiento del nivel primario y se establecerá otro per cápita para financiar la atención en salud de mediana y alta complejidad.

Finalmente, los artículos 19 y 20 refieren a la gestión de pago por la prestación de servicios y la autorización para su pago, respectivamente. En el 19 se estableció que una vez prestado un servicio, las IPS y proveedores presentarán las cuentas a la Adres y a la gestora correspondiente. Desde entonces, la Adres dispondrá de 30 días para pagar mínimo el 85 % de su valor y la gestora de 60 días para realizar la auditoría de la facturación.

Al cierre de esta edición, se estaba discutiendo un tercer bloque de doce artículos, que van desde el 28 al 39, los cuales hablan de las funciones de las futuras Gestoras de Salud y Vida, el pago que recibirán y la transformación de las actuales EPS; los CAPS y las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS); el sistema de referencia y contrarreferencia (remisión de pacientes), prestación de servicios a pacientes de alto costo y enfermedades huérfanas y las Unidades Zonales de Planeación y Evaluación.

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