El Tribunal Superior de Bogotá mantuvo la medida de suspensión de actividades que había declarado la Agencia de Licencias Ambientales (Anla) en el Muelle 13 de Buenaventura. Una decisión que fue respaldada por la Agencia Jurídica del Estado (Andje).En segunda instancia, el Tribunal negó la tutela que presentó el Grupo Portuario S.A. con el que se buscaba dejar sin efectos la medida de suspensión de actividades en el Muelle 13 de Buenaventura, adoptada por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla), a través de una resolución que se emitió este año.Con esta nueva decisión, el director de la Andje, César Palomino, aseguró: “Esta decisión garantiza que la Anla pueda continuar con la protección de los ecosistemas en la zona del Muelle 13 de Buenaventura, especialmente del manglar, un ecosistema vital por su impacto ecológico y su función en la preservación de la biodiversidad”.La decisión del Tribunal Superior de Bogotá confirmó el fallo que el Juzgado Séptimo de Ejecución de Penas de la capital, rechazando la tutela que interpuso la empresa portuaria, al considerar que el mecanismo era improcedente, teniendo en cuenta que existía otro medio de defensa judicial ordinario al cual se podía acudir: el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho ante la justicia contenciosa administrativa.“Las actuaciones administrativas adelantadas por la Anla se justificaban tanto en los hallazgos evidenciados como en las normas legales ambientales aplicables”, reiteraron desde la Agencia Jurídica del Estado.Desde enero de este año, la Anla ratificó que tiene competencia en la operación del Muelle 13, al ser un puerto de gran calado. Frente a esa competencia exclusiva para otorgar licencias ambientales, la entidad evidenció que estaba funcionando sin plan de manejo ambiental, lo que representa un alto riesgo ambiental, incluyendo contaminación y hasta daños en medios físicos, bióticos y socioeconómicos.
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