Exgobernador de Vaupés fue condenado por irregularidades en contrato de servicios de educación y salud

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La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Vaupés, Wilson Ladino Vigoya, como responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales en modalidad continuada, con peculado por apropiación a favor de terceros.El caso se remonta al periodo entre junio y diciembre de 2005, cuando el entonces gobernador de ese departamento firmó un convenio de cooperación con la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (Secab), la Organización de Estados Interamericanos (OEI) y la Red de Universidades Pública del Eje Cafetero para el Desarrollo Regional ‘Alma Mater’. Sin embargo, el proceso no atendió los requisitos legales que exige la norma que rige la contratación pública interna.En el fallo de la Corte se precisó: “En efecto, si bien es cierto que en este caso se comprobó que la mayoría de los subcontratos se cumplió a cabalidad, ello no es óbice para concluir que sí se configuró el injusto típico contra el patrimonio público, porque el encausado autorizó a la OEI para que descontara un porcentaje a su favor a cambio de prestarle servicios de administración que jamás debieron ser contratados”. 00329 SEP 029-2025 DEL 12-03-2025 by dlandinezc Ladino Vigoya fue elegido como Gobernador de Vaupés para el periodo 2004 - 2007, pero el 13 de septiembre de 2007, tres meses antes de que acabara su mandato, fue separado del cargo luego de la suspensión que ordenó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.La Corte detalló en la sentencia que el exgobernador adelantó el proceso del contrato que hoy lo tiene condenado, sin adelantar ningún trámite precontractual para seleccionar a los contratistas y escogió directamente a la Secab, a la OEI y a la Red de Universidades Públicas del Eje Cafetero.“Condenar a Wilsson Ladino Vigoya a las siguientes penas principales: noventa y cuatro (94) meses de prisión, multa de trescientos dos millones quinientos veintisiete mil novecientos noventa y tres pesos con sesenta y dos centavos ($ 302.527.993,62), e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de noventa y cinco (95) meses”, precisó la decisión de la Corte.El alto tribunal también definió negarle a Ladino la suspensión de la pena privativa de la libertad en la cárcel y la prisión domiciliaria, sin embargo, seguirá libre hasta que quede ejecutado el fallo de primera sentencia.El exgobernador quedó absuelto del delito de peculado por apropiación y María Eugenia Jaramillo, quien fungió como gobernadora encargada, también quedó libre del proceso que avanzaba en su contra por contratar sin cumplir requisitos legales y peculado por apropiación.

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