Con el propósito de incentivar el turismo interno e impulsar la productividad en Colombia, el Estado reglamentó, mediante la Ley 51 de 1983, conocida como la 'Ley Emiliani', los días festivos y puentes que tendría el país, convirtiéndolo en uno de los territorios con más feriados en el mundo.
Estos días no solo facilitan la planificación de actividades, sino que también ofrecen a los trabajadores un equilibrio entre la vida personal y laboral. Pueden aprovecharlos para viajar o simplemente descansar, mejorando así su bienestar y calidad de vida.
Le puede interesar: Los cuatro destinos de Pasto y Nariño que debe visitar durante el Carnaval de Negros y Blancos
Las fechas festivas cobran especial relevancia a la hora de planificar las vacaciones. Según el Ministerio de Trabajo, todos los empleados que hayan trabajado durante un año tienen derecho a 15 días hábiles de descanso remunerado.
Para solicitar las vacaciones, el trabajador debe informar con anticipación a su empleador el período en el que planea tomarlas. Por ello, conocer de antemano cuántos festivos hay en el país y en qué fechas caen puede ser una estrategia útil para disfrutar de un período de descanso más prolongado.
A continuación le dejamos algunos días clave recomendados para tener vacaciones más largas.
Días clave para pedir vacaciones en 2025 y descansar más1.Semana Santa y Día del Trabajo (14 de abril-7 de mayo)
- Festivos: 17 de abril (Jueves Santo), 18 de abril (Viernes Santo), 1 de mayo (Día del Trabajo).
- Vacaciones solicitadas: 15 días hábiles.
- Descanso total: 24 días calendario.
Le puede interesar: Los fenómenos astronómicos de enero 2025 más importantes: todo lo que debe saber
2.Puente de la Ascensión y Corpus Christi (12 de mayo-3 de junio)
- Festivos: 13 de mayo (Día de la Ascensión), 2 de junio (Corpus Christi).
- Vacaciones solicitadas: 15 días hábiles.
- Descanso total: 23 días calendario.
3. Día del Sagrado Corazón de Jesús y Día de San Pedro y San Pablo (20 de junio - 14 de julio)
- Festivos: 23 de junio (Día del Sagrado Corazón de Jesús), 30 de junio (Día de San Pedro y San Pablo).
- Vacaciones solicitadas: 15 días hábiles.
- Descanso total: 25 días calendario.
4.Día de la Raza y Todos los Santos (10 al 31 de octubre)
- Festivos: 13 de octubre (Día de la Raza), 3 de noviembre (Día de Todos los Santos).
- Vacaciones solicitadas: 15 días hábiles.
- Descanso total: 25 días calendario (desde el 10 de octubre hasta el 3 de noviembre, con el siguiente día hábil siendo el martes 4 de noviembre de 2025).
Le puede interesar: Cinco planes imperdibles para disfrutar en enero en Bogotá: algunos son gratis
Qué pasa si trabaja por días: ¿tiene derecho a vacaciones?Una de las preguntas más frecuentes que suelen tener los trabajadores es si tienen derecho a vacaciones si laboran por días. La respuesta es sí, pero bajo ciertas condiciones. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, las personas que trabajan por día pueden pedir vacaciones, siempre y cuando estas sean proporcionales a los días laborados.
"Por lo tanto, en este y otros casos similares existen formas de solicitar el reconocimiento de este derecho e incluso el pago de daños y perjuicios", subrayó la entidad.
En el caso que la empresa le incumpla con sus vacaciones, el Ministerio de Justicia puso a disposición de los colombianos esta página, para que sepan qué hacer y a dónde acudir.