La emisión de una controvertida circular por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos, en la que se fijaron los lineamientos para la facturación de los servicios, abrió una fuerte controversia esta semana en ese sector.
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Además de los cuestionamientos por la legalidad de esa norma, que a los ojos del sector energético podría estarse pasando por encima a la Creg en varias de sus disposiciones, también desató un debate por la suerte de varios cobros que se incluyen en la factura de servicios públicos.
Por el lado de la factura de servicios, la directiva negó expresamente la potestad a las compañías a incluir en esos documentos cobros comerciales no relacionados con la prestación de los servicios, como por ejemplo el pago de créditos para electrodomésticos, entre otros servicios.
De esta manera, la entidad restringe también la posibilidad de que los usuarios vean su servicio interrumpido si incumplen con el pago de rubros diferentes al de los servicios.
Es el caso de las tasas especiales para la seguridad y la convivencia, que se cobran en departamentos como Valle del Cauca y Sucre, y que en Antioquia empezará a ser cobrada este año para los estratos 4, 5 y 6, y los clientes industriales, comerciales y oficiales, la norma también estableció precisiones.
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“El usuario podrá solicitar que el cobro del tributo y del servicio domiciliario se efectúe según lo señalado en el artículo I del Decreto 828 de 2007, esto es, que lo que se cobre por concepto del servicio de energía, se cobre en un documento separado del que se expide para el recaudo del tributo”, quedó expresado en la circular.
Desde diciembre del año pasado, pocos días de que la tasa fuera aprobada, se desató un fuerte debate no solo por su legalidad, sino por su implementación.
La parte más álgida de la discusión se asoció a un concepto técnico que elaboró Empresas Públicas de Medellín (EPM) en el que aseguraba que el cobro no era viable jurídicamente; una lectura que fue controvertida por la Secretaría General de la Gobernación de Antioquia.
Si bien dicha controversia pasó a un segundo plano cuando la Asamblea aprobó la ordenanza, EPM se mantuvo en su negativa a cobrar ese impuesto y aplicarlo en sus facturas de servicios públicos.
En diálogo con este diario en diciembre de 2024, Rendón señaló que desde la Gobernación ya se había tomado la decisión de recaudar dicha tasa a través de Valor+, una filial del Idea con experiencia en este tipo de temas tributarios.
Con miras a aclarar los impactos de esa circular, EL COLOMBIANO consultó con la Gobernación de Antioquia, desde donde a través de un breve pronunciamiento escrito se sostuvo que tras analizar la circular el cobro de la tasa no se ve en riesgo.
“La Circular no afecta el cobro de la tasa, y Antioquia procederá de acuerdo con el mandato que autorizó la Asamblea. La Gobernación de Antioquia, podrá cobrar la tasa especial de seguridad y convivencia ciudadana directamente, a través de un tercero”. expresó la Gobernación.