La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de abrir una investigación y formular cargos a la campaña del presidente Gustavo Petro en 2022 por presuntas irregularidades en los topes de financiación generó desde este mismo martes la reacción del mandatario.
En una alocución, Petro defendió su inocencia y aseguró que la investigación y formulación de cargos por parte del CNE contra su campaña es el “comienzo de un golpe de Estado”.
"Hoy se ha roto el fuero integral del presidente de la república de Colombia, que defiende la Constitución. Hoy se ha dado el primer paso de un golpe de Estado contra mí como presidente constitucional, elegido democráticamente por voto popular por más de 11 millones de ciudadanos", dijo el mandatario colombiano, quien agregó que el CNE no tiene competencias para llevar a cabo investigaciones en su contra y que “lo ocurrido ponen en peligro la institucionalidad”.
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Ricardo Roa presidente de Ecopetrol.
Néstor Gómez. Archivo EL TIEMPO
A propósito de la decisión, que inicia una investigación contra el presidente Petro; Ricardo Roa Barragán, gerente de campaña (hoy presidente de Ecopetrol); Lucy Aydee Mogollón Alfonso, tesorera; María Lucy Soto Caro y Juan Carlos Lemus Gómez, auditores, el presidente del CNE, César Lorduy, se refirió a la decisión de ese organismo y respondió a lo que manifestó el mandatario.
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Lorduy dijo, en entrevista con Caracol Radio, que el CNE no se extralimitó en la decisión sobre el presidente Petro: “Se cumplió con lo que establece la Constitución, la ley, la jurisprudencia de la Corte de Estado y Corte Constitucional”.
No es competencia del CNE definir si Petro es digno de dejar el cargo: Lorduy
Para el magistrado, a la hora de una campaña presidencial hay responsabilidad del candidato, el gerente, el tesorero y los auditores. “Esa responsabilidad que señala la ley es la misma que se endilga en un pliego de cargos cuando, presuntamente, se señala una serie de hechos que originaron una posible desviación de topes”, añadió.
De acuerdo con Lorduy, el Congreso de la República, a través del Comité de Acusaciones, es el organismo con la facultad de decidir -con relación al presidente- “si es digno de abandonar el cargo o si se le inicia una causa de carácter penal”. Así, desligó al CNE de un posible proceso en esos términos contra el mandatario.
“No es competencia del CNE esas dos situaciones”, añadió.
El presidente Gustavo Petro en su alocución del 8 de octubre, en la que rechazó la imputación en su contra por el CNE.
Presidencia
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Lorduy dijo que los abogados del presidente Petro, seguramente, expondrán sobre estos cargos y presentarán alegaciones. “Si tienen razón, el CNE no tiene otro camino que cerrar el expediente. Si no tienen razón, a juicio de la sala plena, el expediente se enviará al Congreso de la República”, manifestó.
El funcionario insistió que el CNE no puede adelantar acciones penales contra Petro y solo se investigará la financiación de la campaña.
El magistrado también manifestó que el CNE dará cumplimiento al debido proceso y que las partes podrán consultar todos los elementos. “Podrán evaluar con lo que está allí si efectivamente es una arbitrariedad o no lo es, que de hecho, no lo es. Al interior del CNE no existe sino respeto máximo a la institución de la Presidencia, al Presidente de la República. Somos conscientes de sus fueros y competencias. La ciudadanía puede estar tranquila de que nosotros estamos evaluando la violación de topes electorales y una posible financiación indebida”.
De esta manera, aseguró Lorduy, si los abogados del presidente Petro y las otras partes demuestran que esas presuntas violaciones no se han cometido, el CNE no tiene ninguna resistencia a aceptar lo que se demuestre.
“Está bastante lejos de los magistrados del CNE pensar que es un acto, única y exclusivamente, contra el presidente. No es nada distinto que el cumplimiento de la ley”, añadió Lorduy.
César Lorduy.
Prensa César Lorduy
En recientes comunicaciones, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional han reiterado la facultad del CNE para investigar las cuentas de todas las campañas políticas, incluidas las del presidente elegido.
"El Consejo Nacional Electoral es la autoridad competente para definir si en la Campaña Presidencial demandada se presentó o no violación de topes de financiación, siendo esta una atribución preferente, frente al eventual trámite judicial posterior de una acción popular para reponer la agresión contra los intereses públicos presuntamente afectados por el eventual manejo inadecuado de dineros públicos”, señaló recientemente la Corte Constitucional.
En tanto, el Consejo de Estado publicó un auto en agosto en el cual informó que CNE "es competente para investigar violaciones a topes de financiación de campaña, pero no para sancionar con pérdida del cargo al Presidente de la República".
Justamente, este organismo reiteró que "es competencia del Congreso de la República, a través de la Comisión de Acusaciones, adelantar el eventual proceso para sancionar con pérdida del cargo al jefe del Estado, en el evento en que los hallazgos de la autoridad electoral dieren lugar al desarrollo de una actuación de esa naturaleza".
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
Cristian Camilo Ávila Jiménez