En Colombia, es crucial conocer y cumplir con las normativas de tránsito relacionadas con el uso del celular mientras se conduce para asegurar la seguridad en las carreteras y evitar infracciones.
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La legislación colombiana específica las condiciones bajo las cuales los dispositivos móviles deben ser utilizados dentro de los automóviles para minimizar los riesgos asociados a accidentes por distracciones.
El Intendente James Jaramillo González, experto en técnicas de conducción y técnico profesional en seguridad vial, explica que el Código de Tránsito distingue dos principales tipos de infracciones vinculadas al uso de dispositivos electrónicos en los autos. La primera infracción, denominada B23, se refiere al uso incorrecto de equipos de sonido o pantallas en la parte delantera del carro que superen los límites permitidos o muestren imágenes en movimiento.
Consultando el Código Nacional de Tránsito, infringir esta regla puede resultar en una multa que equivale a 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo cual en 2024 es igual a aproximadamente 278.647 pesos colombianos. La segunda infracción, conocida como C38, se centra en el manejo del celular mientras se conduce.
La legislación prohíbe el uso del móvil mientras se está al volante, excepto cuando se utilizan accesorios que permitan hablar sin usar las manos, como los auriculares o el sistema de audio del carro. Cualquier violación a esta norma puede llevar a una sanción de hasta 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente 522.940 pesos en 2024.
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El intendente Jaramillo recalca la importancia de evitar el uso del celular en situaciones que puedan distraer al conductor y sugiere que, aunque la ley no especifica un lugar exacto para colocar el móvil, es esencial que no obstruya la visión ni la concentración en la conducción.
En términos de soportes para celulares, no hay regulaciones específicas en el Código que indiquen el tipo de soporte ideal. Existen numerosos modelos disponibles en el mercado, y la elección depende del criterio del conductor, siempre y cuando no represente un riesgo o distracción.