La reforma pensional del Gobierno Petro que se aprobó el pasado 14 de junio estableció una serie de modificaciones en el sistema pensional colombiano. Uno de los cambios principales es que para acabar con la competencia entre Colpensiones y las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), el régimen se dividirá en cuatro pilares: solidario, semicontributuvo, contributivo y de ahorro voluntario.
Sin embargo, la nueva normativa puso sobre la mesa un tema en materia de impuestos que para muchos aún es desconocido: algunos de los jubilados del país tendrán que cumplir con una obligación tributaria, la cual se calculará de manera individual sobre cada pago mensual.
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Lista de las pensiones que no pagarán impuestos en 2025
El artículo 84 ‘tratamiento tributario’ del texto aprobado establece que “todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta".
La normativa detalló así que las pensiones que estarán exentas de impuestos sobre la renta y complementarios son:
- La Administradora Colombiana de Pensiones–Colpensiones.
- Las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras subsistan
- Las sumas abonadas en las cuentas de ahorro individual del Componente Complementario de Ahorro Individual y sus respectivos rendimientos.
- Las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes.
- Todas las pensiones, incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior, estarán exentas del impuesto sobre la renta.
Sin embargo, el texto estipuló que las mesadas que superen las 1.000 UVT deberán declarar renta. Es decir, aquellas personas que por concepto de pensión perciban al año $47.065.000, teniendo en cuenta que la Unidad de Valor Tributario para el 2024 se ubicó en $47.065.
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Luis Felipe Jiménez, socio fundador en Logique Consulting, precisó al diario La República que “se gravarán todas las pensiones que excedan las 1.000 UVT anuales, que hoy en día equivalen a $3,6 millones (mensuales)”.
Según el analista, eso quiere decir que todos los pensionados que reciban al mes mesadas mayores a $3.620.384 deberán declarar renta ante la Dian, pero pagarán de acuerdo a lo expuesto en el estatuto tributario.
Pero para Lisandro Junco, exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), esta nueva medida pensional representa un “alto impacto tributario”.
"Declararían los que tengan esos ingresos de 1.000 UVT anuales, eso da $3,6 millones, pero pagarían de conformidad a las reglas del Estatuto Tributario Nacional, es decir, aquellos que tengan pensiones superiores a $6 millones por una parte, y por otra parte, esos que tienen pensiones desde $3,6 millones ya entrarían en el espectro de las retenciones en la fuente", indicó en entrevista con La República.
"Entonces, cada caso es diferente de cuánto pagarían. Eso generaría mayores ingresos para el Estado", señaló.
Junco concluyó así que el impuesto será positivo "porque va a generar mayor recaudo, pero negativo porque lo metieron por la puerta de atrás de una reforma pensional y no en una reforma tributaria".