El presidente Gustavo Petro y los directivos de su campaña no se notificaron personalmente del pliego de cargos en su contra por parte del Consejo Nacional Electoral. SEMANA conoció que tenían plazo hasta este lunes 28 de octubre para notificarse y no lo hicieron, al menos hasta la tarde de hoy.Desde el martes 22 de octubre los magistrados esperaron a las partes para la notificación y el plazo finalizó este 28 del mismo mes.A partir de este martes 29 de octubre, la sala plena del CNE enviará a las partes, entre ellas, el Jefe de Estado y el presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, una copia de la resolución donde se profirió pliego de cargos y quedarán notificados automáticamente al día siguiente.En otras palabras iniciará la investigación en firme y empezarán a correr los 15 días hábiles para que las partes rindan los descargos por el pliego del Consejo Nacional Electoral que determinó que la campaña presidencial, al parecer, violó los topes electorales en primera y segunda vuelta por encima de los 5.300 millones de pesos.Se desconoce qué actitud asumirán las partes. Y el país está a la expectativa de las movidas que empiece a adelantar la defensa del presidente Gustavo Petro, quien en su momento, anticipó que desconocerían el pliego de cargos en contra del primer mandatario porque el Consejo Nacional Electoral no es competente para investigar al Jefe de Estado.Cualquiera que sea la reacción, al interior de la sala plena del CNE está claro que la investigación seguirá su curso.Mientras los abogados defensores de Petro, Roa y los partidos políticos se abstuvieron de notificarse para ganar tiempo en medio de la investigación, personas cercanas al Pacto Histórico han perdido, casi en cascada, un rosario de tutelas con las que pretendían frenar la investigación del tribunal administrativo en contra del Presidente.Este lunes 28 de octubre, por ejemplo, la magistrada Adriana Saavedra Lozada, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, negó una acción de tutela interpuesta por un ciudadano identificado como Duván Fernando Guevara quien pretendió que se ordenara “dejar sin efectos el acto administrativo mediante el cual el CNE abrió una investigación en contra de Gustavo Francisco Petro por cuanto ese acto va en contravía directa de la Constitución, la estabilidad institucional y el interés general de la Nación”.A juicio de la magistrada, Duván Fernando Guevara Ríos no tiene la calidad de parte ni interviniente en la actuación administrativa que adelanta el Consejo Nacional Electoral y, por eso, declaró nula la pretensión de la acción de tutela.A esa tutela se suma otra que instauró el presidente de Ecopetrol Ricardo Roa.El directivo de la compañía pretendía que “se ordenara a la CNE que proceda a resolver la solicitud de archivo que su apoderado judicial radicó el pasado 3 de agosto de 2023, y que, según su dicho, no se ha resuelto hasta la presentación de este mecanismo residual, 11 de octubre de 2024″, según la sentencia.La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá “denegó la protección constitucional”. Y en sus argumentos expresó que “la Sala no encuentra que la autoridad cuestionada (CNE) haya incurrido en alguna de las situaciones de configuración de alguna causal de procedencia de la acción de tutela”.Para el Tribunal, “la acción de tutela no es el medio idóneo para lograr el archivo de la aludida investigación y/o controvertir las decisiones de la administración dentro del trámite de un proceso electoral, como reclama Ricardo Roa”.Además, la magistrada le envió un contundente mensaje a Ricardo Roa: “Debe agotar el conducto regular, es decir, acudir a la autoridad para exponer las irregularidades que ahora aduce; circunstancia que no se ha verificado en este asunto, por cuanto aún se encuentra en trámite la notificación de la resolución 05175 del 8 de octubre de 2024 del CNE″.De igual forma, el Tribunal Administrativo del Cesar rechazó otra acción de tutela interpuesta contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por el mismo hecho.Esa instancia declaró improcedente la solicitud presentada por una ciudadana que intentaba frenar la pesquisa contra Petro y su campaña.De otro lado, el Tribunal Superior de Bogotá negó otra tutela al congresista del Pacto Histórico, Heráclito Landinez Suárez, que pedía anular los efectos del pliego de cargos formulado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) en contra del presidente Gustavo Petro.El accionante alertaba una afectación a sus derechos fundamentales con la decisión del CNE, pero el Tribunal dejó claro que estos daños no se pudieron demostrar por lo que declaró improcedente la acción de tutela.Y así hay un rosario de tutelas que han salido en favor del CNE y que lo facultan para investigar al Presidente en calidad de candidato.