Por toda la polémica e indignación que se había generado en el país por la posibilidad de que los violadores y asesinos de menores de edad tuvieran rebaja de penas, los ponentes de la reforma a la justicia tomaron la decisión de eliminar ese polémico artículo que, además, tenía frenado el trámite de la iniciativa.Después de varias reuniones que se sostuvieron para determinar qué se haría con dicha propuesta, los congresistas consideraron que la mejor opción era eliminar el artículo 7º de la iniciativa que está a punto de iniciar su discusión en la Comisión Primera del Senado. El senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, anunció los acuerdos a los que se llegaron tras varios encuentros. “Son siete los temas que contempla la reforma a la justicia y tenemos un acuerdo al interior de la coordinación de ponentes en el sentido de eliminar el artículo séptimo que pretendía conceder ciertos beneficios bajo precisos parámetros de colaboración o allanamiento cargos o lo que han llamado rebaja de penas frente a delitos atroces contra menores”, dijo.La representante Carolina Arbeláez celebró la decisión al considerar que no era posible que la reforma a la justicia diera beneficios a quienes cometieran este tipo delitos en Colombia.“Lo logramos, y los violadores y asesinos de niños no tendrán beneficios. Celebro que el Gobierno haya escuchado el clamor de los congresistas y ciudadanos que pedimos el retiro de dicho artículo”, señaló.¡Lo logramos! Los violadores y abusadores de niños no tendrán beneficios. Escucharon el clamor de los congresistas y de la ciudadanía que exigía retirar el art 7 de la reforma a la justicia. Los niños necesitan justicia y medidas contundentes para protegerlos de la impunidad.… pic.twitter.com/PuHaQ6oQf5— Carolina Arbeláez (@kroarbelaez) November 5, 2024Dentro de lo acordado por los ponentes quedó claro que, frente al tema de la reparación integral, este tema no procederá cuando la persona capturada sea reincidente. “Si el delincuente ya ha cometido el delito durante los cinco años anteriores, no puede proceder a la extinción de la acción penal”, explicó Motoa.El congresista contó que, además, quedó claro que habrá una evaluación a fondo sobre los delitos de extorsión, secuestro y financiación de terrorismo, que también tendrían rebaja de penas. “Se establece una posibilidad de rebaja de pena siempre y cuando logren preacuerdo con la Fiscalía y esa colaboración sea eficaz para desmantelar organizaciones criminales que cometan delitos como terrorismo”.Agregó: “La prueba anticipada se podrá utilizar durante un juicio y no se someterá a un nuevo procedimiento para evitar vencimiento de términos y algunas actuaciones de abogados que buscan dilatar los procesos en materia penal”, mencionó.El artículo objeto de la polémica, que era el séptimo de la reforma a la justicia, indicaba: “Cuando se trate de los delitos de homicidio o lesiones personales bajo la modalidad dolosa, delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, o secuestro, cometidos contra niños, niñas y adolescentes, se aplicarán las siguientes reglas: (...) en caso de celebración de preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y el imputado o acusado, o de allanamiento a cargos, se concederá la mitad de la rebaja de pena”.Jurídicamente, era posible que surgiera un debate sobre la efectividad de la imposición de la pena, y varios abogados coincidirían en que ese artículo era la solución para la impunidad. Sin embargo, el asunto en este caso es un mensaje político: no se permitió que se tramite dicha propuesta.Con este acuerdo de los ponentes, en esta misma semana se radicaría la ponencia de la reforma a la justicia para su primer debate y en pocos días iniciará la discusión de fondo sobre el articulado para mejorar el sistema judicial en Colombia.