Investigación
El pleito entre la Contraloría, un tribunal e Inocencio Meléndez por millonaria multa del 'carrusel'
Ana María Cuesta
27 de marzo 2025 , 04:00 a. m.
27 de marzo 2025 , 04:00 a. m.
El pleito entre la Contraloría, un tribunal e Inocencio Meléndez por millonaria multa del 'carrusel'
-Tribunal tumbó una sanción solidaria por 174 mil millones que pesaba contra el exsubdirector jurídico del IDU.
-Consejo de Estado admitió una apelación contra el fallo que exoneró a Meléndez de la millonaria multa.
Ana María Cuesta
El Consejo de Estado acaba de admitir los recursos de apelación que radicaron la Contraloría General de la República y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado con los que pretenden tumbar un fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que exoneró al abogado Inocencio Meléndez de pagar una multa de 174.996 millones de pesos.
Meléndez, exsubdirector jurídico del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá -IDU-, fue el primer condenado por el 'carrusel de la contratación' de Bogotá, escándalo que defraudó las arcas del distrito de Bogotá en 2.2 billones de pesos durante la administración del exalcalde Samuel Moreno Rojas, y que favoreció con maniobras ilícitas a contratistas como el grupo Nule.
Precisamente por ese caso, Meléndez fue sancionado fiscalmente en noviembre de 2016, por la Contraloría Delegada Intersectorial No. 8 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, por los sobrecostos que se presentaron en la ejecución de las obras de la tercera fase de Transmilenio en la calle 26 de la capital del país, en una multa por la que debía responder solidariamente junto al fallecido exalcalde Moreno, junto a los hermanos Manuel y Miguel Nule y su primo Guido, y con los exdirectores del IDU Liliana Pardo y Néstor Eugenio Ramírez, entre otros.
Pero el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en decisión adoptada el 25 de agosto de 2023, revocó parcialmente la sanción para exonerar a Meléndez de dicha multa, en un fallo que aún no está en firme pues fue recurrido por el ente fiscal y se encuentra en trámite de segunda instancia ante el despacho del consejero de Estado Germán Osorio Cifuentes.
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Grupo Nule durante una audiencia.
Archivo particular
El fallo del Tribunal a favor de Inocencio Meléndez
En agosto de 2023 el Tribunal, con ponencia del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel, exoneró a Meléndez indicando que el fallo que lo sancionó en segunda instancia se dictó el 19 de diciembre de 2016, esto es, "cuando ya se encontraba prescrita la acción de responsabilidad fiscal, hecho que demuestra la nulidad de los actos administrativos demandados por aplicación del fenómeno de caducidad de la acción fiscal".
Mazabel advierte que como quiera que la investigación que se abrió en su contra en la Contraloría se produjo el 17 de diciembre de 2010 "el fallo definitivo debió quedar en firme, a más tardar, el 17 de diciembre de 2015".
En dicho fallo a favor de Meléndez, que había pasado desapercibido, se hace un duro llamado de atención por acciones de la Contraloría, para ese momento dirigida por Edgardo Maya Villazón, por una suspensión de términos en el proceso fiscal que se prolongó desde el 19 de octubre de 2015 hasta el 19 de abril de 2016 y que se produjo tras la aceptación de unos impedimentos del contralor Maya en el mencionado caso.
"La conducta de la Contraloría General de la República ocasionó la vulneración del principio de la seguridad jurídica, en los términos explicados por la Corte Constitucional en la sentencia C- 836 de 2013, referida anteriormente, ya que no hubo un ejercicio adecuado de la actividad controladora de la entidad demandada y su actuación no fue eficaz", indica la decisión.
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Edgardo Maya, excontralor general de la República.
Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO
La apelación de la Contraloría y la Agencia de Defensa
Inconformes con el fallo que favoreció a Meléndez, la Contraloría apeló la decisión del magistrado Mazabel, del Tribunal Administrativo, advirtiendo que éste no conoce los términos del proceso fiscal, que no había prescripción en el caso y que no hubo dilaciones injustificadas.
"No es cierto que existiese una dilación injustificada del término durante el cual el proceso permaneció suspendido , pues como se dijo el acto de resolución del impedimento solo adquirió eficacia en el mes de abril de 2016 y respecto del proceso de responsabilidad fiscal y su termino de prescripción estuvo sometido a la suspensión del término", indicó la Contraloría.
Para el ente fiscal, los términos no prescribían el 17 de diciembre de 2015, como señaló el magistrado Mazabel, sino 384 días después, es decir, aproximadamente en enero de 2017. "Debemos sumar a este término los 384 días calendario de suspensiones debidamente motivadas, que fueron argumentadas por la Contraloría General de la Nación, dentro de las cuales se incluyen los 259 días del primer impedimento aceptado al doctor Edgardo José Maya Villazón", dijo la entidad.
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Inocencio Meléndez, abogado.
Cuenta de 'X' de Meléndez
Consejo de Estado asumió el caso un año después de la apelación de la Contraloría
La Contraloría apeló el fallo favorable a Meléndez en octubre de 2023. Y aunque el Tribunal de Cundinamarca concedió el recurso y remitió el expediente al Consejo de Estado en enero de 2024, esta última corte tardó un año en seleccionar el expediente para revisión, pues lo asumió sólo hasta el pasado 19 de marzo. Una coincidencia llamativa en un caso en el que precisamente se cuestiona una demora de la Contraloría que supuestamente incidió en una prescripción.
La alta corte tendrá la última palabra sobre el abogado Inocencio Meléndez que, por ahora, continúa apareciendo reportado con seis millonarias anotaciones en el boletín de responsables fiscales.
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia anacue@eltiempo.com