El Consejo de Estado, a través de la Sección Quinta declaró la nulidad del acto de nombramiento, en encargo, de Manuel Peña Suárez, como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).
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De acuerdo con el alto tribunal, la designación en la modalidad de encargo “es improcedente”, comoquiera que para esta clase de empleos “se exige dedicación exclusiva, y en el caso concreto, el accionado fungió concurrentemente como jefe de la Oficina de Gestión de Proyectos de Fondos de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), adscrita al Ministerio de Minas y Energía”.
Sin embargo, Manuel Peña Suárez ya había dejado el cargo en julio pasado, toda vez que había ocupado el puesto por un tiempo de tres meses.
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En la demanda, se señaló que al momento de ser encargado Peña Suárez como experto comisionado, “se desempeñaba como jefe de Oficina, código 0137, grado 19 de la Unidad de Planeación Minera Energética (UPME)”.
Por lo anterior, la Sala en su decisión señaló que “la independencia de la que goza la comisión se pudo ver lacerada, al incluirse dentro de sus expertos a un funcionario en el que pervivía un vínculo legal y reglamentario con una entidad que tiene asiento en la junta directiva de la Creg”.
Ahora bien, en lo relativo al desconocimiento de la estructura de la Creg, la Sala observa que, a través del encargo, “se personifican los intereses gubernamentales de la cartera de Minas y Energía, afectando los parámetros establecidos por las disposiciones legales, con lo cual se desechó su organización y funcionamiento”.
Este es el tercer cargo que tumba el Consejo de Estado respecto a un funcionario de la Creg. El pasado 5 de septiembre, el anuló el nombramiento de Baisser Antonio Jiménez como encargo de la de la Comisión por no cumplir los requisitos para estar en esa entidad.
Y el primero fue Ómar Prías a quien la corporación anuló su nombramiento como comisionado experto en la entidad, al no acreditar la experiencia específica requerida para esta posición.
Jesús Blanquicet
Redacción Justicia
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