Este 8 de octubre de 2024, la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral formuló pliego de cargos contra Gustavo Petro y su campaña, esto después de ser señalados de presunta violación de topes electorales.
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¿Qué podría pasar con Gustavo Petro por investigación en el CNE?
En diálogo con Noticias Caracol en vivo, el analista político Gabriel Cifuentes aclaró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) “no es el juez natural del presidente Gustavo Petro“en caso de que se pueda concluir que hubo una violación de carácter penal o disciplinario.
Pese a esto, el CNE sí puede investigar la campaña Petro presidente. Es por ello que se cree que, además del “terremoto político” que se avecina, se abrirá un profundo debate jurídico para establecer si este ente puede investigar al presidente en ejercicio por presuntas irregularidades cometidas durante la campaña.
Gabriel Cifuentes señaló que dicha investigación, por temas legales, no puede superar los 3 años desde el momento en el cual se dan los hechos, puesto que prescriben tras este periodo de tiempo.
“Si prescribe la acción, el CNE no podría imponer las acciones correspondientes. Eso no significa que eventuales faltas de carácter penal, como pueden ser delitos electorales, que podrían derivarse de esta situación, no puedan ser investigados por el juez natural del presidente, que es la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes”, detalló el analista político de Noticias Caracol.
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¿De qué se señala a la campaña Petro presidente?
De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral, la campaña Petro presidente sería responsable de lo siguiente:
1. Omitir el aporte realizado por la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) por la suma de quinientos millones de pesos.
2. Omitir el reporte del préstamo realizado por el partido Polo Democrático Alternativo por la suma de quinientos millones de pesos.
3. Omitir el reporte de pago a testigos electorales por la suma de novecientos treinta y un millones doscientos noventa mil pesos.
4. Omitir el reporte de gastos por concepto de propaganda electoral por la suma de trescientos cincuenta y seis millones ciento dos mil ochocientos setenta y dos pesos.