El Gobierno Nacional es protagonista de una nueva controversia gracias a sus iniciativas y propuestas que conciernen de manera directa a la ciudadanía, en este caso, a los niños, niñas y adolescentes.
Se trata del borrador de un decreto del Ministerio de Justicia que hace más expedita la modificación del sexo en los documentos de identidad, incluyendo las tarjetas de identidad, que en Colombia son para menores entre los 7 y 17 años.
Le puede interesar: Paola Tequia: la lucha de una mujer indígena transgénero por acceder a su identidad
Justamente, la polémica gira en torno a los menores, dado que el borrador plantea que estos podrán solicitar el cambio de género sin el permiso o autorización de sus padres o acudientes, pudiendo elegir entre: masculino (M), femenino (F), no binario (NB) y trans o travesti (T).
“Hasta tanto se adopte una ley en la que se diseñen las herramientas de reconocimiento, desarrollo y protección efectiva de la identidad de género para menores de edad, se podrá realizar el trámite ante un notario, el cual no podrá negarse a la petición”, se lee en el decreto.
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, defendió la propuesta y admitió que garantiza la protección de los Derechos Humanos estipulada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Esto surge con fundamento en un bloque de derechos que desde la Corte Interamericana de Derechos se ha determinado como obligatorio, pero, además, significa trabajar en esencia sobre la adecuación del reconocimiento de un derecho humano como es el derecho a la identidad y al autorreconocimiento”, explicó la ministra Buitrago.Lea también: La inclusión financiera LGBTIQ+ le inyectaría $2,7 billones a la economía colombiana, ¿por qué se ha demorado?
La propuesta detalla que, una vez el interesado pida la corrección de género sin acompañamiento del representante legal, el notario deberá tramitar la solicitud y oficiar a la Defensoría de Familia para que suscriba la escritura pública.
“El decreto tiene tres elementos fundamentales: uno que tiene que ver con la posibilidad de incluir dentro del género la realidad de su propia autoidentificación; dos, que en el caso de los niños, niñas y adolescentes, ellos puedan realizar este cambio. Aquí viene una discusión de fondo que es lo importante también, y es que cada una de las personas tiene una autorreferencia de manera diferente, donde los niños, niñas y adolescentes pueden generar la posibilidad de decir que se autoidentifican de una manera particular”, añadió la jefe de la cartera de Justicia.
De acuerdo con lo que se explica en el borrador, “la corrección por vía notarial reduce los obstáculos y exclusiones que padecen las personas transgénero en razón de los mayores costos y tiempos de espera que supone el recurso a un proceso judicial”.
Adicionalmente, da instrucciones precisas sobre el alcance y ajuste en los documentos de identidad: “La corrección del componente sexo-género en el Registro Civil de Nacimiento se basa en la identidad de género de cada persona y deberá reflejarse en los demás documentos de identidad”.
El decreto, que aún está pendiente de comentarios, ha generado todo tipo de opiniones. En redes sociales hay un intenso debate de voces a favor y en contra. Sin embargo, a la luz de la Constitución, el abogado Germán Calderón España afirma que es inviable su aplicación.
“Esto no obedece a temas que deban ser tratados por el Gobierno Nacional. El Gobierno no puede regular asuntos de los menores de edad que tocan profundamente con derechos fundamentales y pilares esenciales de nuestra sociedad. Desde lo constitucional, con la ayuda de la ciencia, el Congreso es el único competente para regular estos temas”, dijo el jurista.Siga leyendo: Con Amores oblicuos, Guillermo Correa Montoya quiere desmontar los prejuicios contra la población LGBTIQ+