La Jurisdicción Especial para La Paz (JEP) advirtió a los exjefes de las antiguas Farc que el reconocimiento general que realizaron para buscar una única sentencia no es suficiente, ya que una vez se les imputen cargos tendrán que admitir su responsabilidad en cada caso como el de violencia sexual.
Así lo dejó en claro que presidente de la JEP, magistrado Roberto Carlos Vidal, quien indicó que “El reconocimiento de responsabilidad por parte de la antigua guerrilla de las Farc ante la JEP debe ser específico y concreto, no general”.
“Nosotros entendemos que la manifestación general que ellos hacen es un gesto de buena voluntad de parte del antiguo guerrilla de las Farc, respecto de la JEP y de su trabajo, pero sin duda las imputaciones concretas se tienen que hacer en su momento procedimental específico, y la voluntad de ellos de reconocimiento de las imputaciones que tiene que ser individual y concreta”, dijo el presidente de la JEP.
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El magistrado Vidal indicó que aunque los exjefes han mostrado voluntad de colaborar, las imputaciones individuales sobre crímenes, especialmente los de violencia sexual, deben ser reconocidas de forma específica en el momento adecuado del proceso.
El presidente añadió que incluso dicho reconocimiento específico garantizará los derechos derechos fundamentales de los propios exjefes de las Farc y les permitirá ejercer su derecho a la presunción de inocencia, así como defenderse adecuadamente con sus abogados
“Entonces, estará pendiente de que se emitan las resoluciones de conclusión, que a ellos se les pondrá en conocimiento. Ellos tendrán la ocasión, con todas las garantías procesales, para examinar las imputaciones con sus abogados, y de acuerdo a sus conclusiones y a su propio criterio, ejercer su derecho efectivamente a la presunción de inocencia y reconocer o no la responsabilidad”, indicó.
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Enfatizó que “el reconocimiento de la responsabilidad es un hecho jurídico tan importante porque pone en juego los derechos fundamentales del compareciente, que tiene que ser específico y no general o tácito. En el caso de la violencia sexual, vale la pena recordar que ellos tienen imputaciones específicas en el caso 2 y el 5, donde están ejerciendo sus derechos, entre otras cosas de controvertirlo a través de los recursos que tienen disponibles en el proceso”.