El Consejo de Estado revocó la sanción impuesta al presidente Gustavo Petro por presunto desacato relacionado con las demoras de los nombramientos de comisionados en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
Esta decisión modificó el fallo anterior del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había multado al presidente con el equivalente a cinco salarios mínimos, por no llevar a cabo las gestiones requeridas para designar a los expertos en esta entidad clave para el sector energético.
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El Consejo de Estado argumentó que el presidente Petro se dirigió a realizar las acciones necesarias para integrar la CREG con seis expertos nombrados por él, por lo que en el fallo enfatizó que el plazo de 30 días establecido por el Tribunal se refería al avance en los trámites y procedimientos para llevar a cabo los nombramientos, y no necesariamente a la conclusión de estos.
Frente a esto, el Consejo de Estado explicó que el tribunal había fijado un plazo para completar los nombramientos, el proceso para asegurar la designación de los seis comisionados había comenzado dentro del periodo estipulado.
Los magistrados mencionaron que se agotaran todas las alternativas posibles para completar los nombramientos, sin importar que la posesión final de los comisionados se realizara después del tiempo fijado, pues la determinación se basó en la necesidad de garantizar el adecuado funcionamiento de la CREG en sus responsabilidades dentro del sector minero energético.
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El Consejo de Estado ordenó al Tribunal supervisar de cerca el avance de estos nombramientos, pues los magistrados destacaron que la CREG debía contar con al menos cuatro de sus seis comisionados para alcanzar el quórum necesario para la toma de decisiones fundamentales.
El caso se originó cuando el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que el presidente Petro no había cumplido con el deber de designar a los comisionados, lo que llevó a la imposición de la sanción.