Una semana después de que la Procuraduría lo sancionara con destitución e inhabilidad por 10 años, el excanciller Álvaro Leyva presentó un recurso de apelación solicitando la revocatoria del fallo en su contra.
El exfuncionario sostiene que durante el proceso se presentaron varias irregularidades que vulneraron su derecho al debido proceso. En el documento de apelación, Leyva argumenta que el Ministerio Público violó las formas propias de un juicio disciplinario, ya que el proceso no fue conducido por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento, sino únicamente por un procurador delegado.
Contexto: Procuraduría destituyó e inhabilitó por 10 años al excanciller Álvaro Leyva
Además, señala que el juicio no fue “independiente e imparcial”, destacando la supuesta enemistad del procurador encargado del caso con el Gobierno, entre otros factores. También alega que el pliego de cargos presentaba una indeterminación en la descripción de la conducta sancionada, la cual solo se corrigió en el fallo.
Tras conocer la sanción, Leyva afirmó que se trató de un proceso político, no disciplinario. “En el juicio quedó demostrado, más allá de toda duda, el direccionamiento del proceso licitatorio. Así lo confirmaron los soportes documentales, numerosos testimonios e incluso la Fiscalía General de la Nación, que concluyó de manera objetiva que los pliegos solo podían ser cumplidos por un proveedor. Mis abogados presentaron estas pruebas de forma contundente”, expresó.
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El exministro del Gobierno de Gustavo Petro fue destituido e inhabilitado por 10 años tras ser hallado responsable de incurrir en faltas gravísimas cuando, en 2023, revocó licitación para la expedición de pasaportes, argumentando irregularidades en el proceso.
“La conducta del ministro Leyva Durán, evidenció un actuar contrario a las reglas y principios que rigen los procesos de la selección contractual, determinándose a declarar de cierta licitación pública de pasaportes cuando conoció que existía un oferente habilitado para la publicación, situación que generó un proceso y desgaste administrativo que como máximo jerarca de la cancillería públicamente desconoció las calidades del proponente calificado y puso en riesgo los derechos de los connacionales, contrario a sus deberes funcionales que le obligaban a desempeñarse como un gerente público que diera ejemplo de responsabilidad, eficiencia, eficacia en el cumplimiento de su gestión”, se lee en el fallo de sanción.
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La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento adujo que la decisión que en su momento tomó el excanciller no tuvo como finalidad salvaguardar el deber de selección objetiva, y que la misma carecía de fundamento legal.
“El ministro de Relaciones Exteriores, optó por declarar desierta la solicitación bajo el argumento que se trató de un proceso con un único oferente, lo cual carece de fundamento legal si se tiene que en el ordenamiento jurídico colombiano no existe un veto para que se adjudique el contrato al único oferente en las licitaciones públicas. A su vez, el disciplinado tuvo la oportunidad de corregir ese error, que en su sentido impedía la selección objetiva del contratista. Sin embargo, esperó hasta el informe final de la evaluación para declarar desierta la solicitación”, añade el fallo.