EE.UU. limita reingreso a MIGRANTES que tengan esta VISA

Para quienes desean viajar, estudiar o trabajar en Estados Unidos, la visa es el documento esencial que permite su ingreso legal al país. Este permiso, que se adjunta al pasaporte del solicitante, es otorgado por el Gobierno estadounidense y define la finalidad y duración de la estadía. Dado su impacto en la movilidad de los migrantes, cualquier modificación en los procesos de solicitud o requisitos suele generar gran expectativa.

En los últimos años, las políticas migratorias han experimentado múltiples ajustes que han repercutido en quienes buscan establecerse temporal o permanentemente en EE. UU. Recientemente, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció modificaciones significativas en ciertas categorías de visado, destacando cambios en la visa EB-4 para trabajadores religiosos y en los trámites para obtener la residencia permanente (Green Card).

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EE. UU. restringe reingreso a migrantes con esta visa:

El USCIS informó que el programa de visas EB-4, destinado a ciertos trabajadores religiosos, dejará de estar vigente a partir del 14 de marzo de 2025. Esta medida se basa en lo estipulado en la ley HR 10545, promulgada el 21 de diciembre de 2024. En consecuencia, después de la medianoche del 13 de marzo, no se emitirán más visas dentro de esta categoría ni se procesarán ajustes de estatus en trámite. La visa EB-4 forma parte de las cinco clasificaciones de visas laborales que el Gobierno de EE. UU. otorga anualmente a trabajadores extranjeros y sus familias.

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Dentro de este programa existe una subcategoría específica para trabajadores religiosos no ministros, la cual requiere renovación legislativa periódica para su continuidad. Ante el inminente vencimiento del plazo, quienes planean acceder a este beneficio deben completar su trámite antes de la fecha límite.

¿Qué implica la visa EB-4 y quiénes pueden solicitarla?

Cada año, Estados Unidos concede aproximadamente 140.000 visas de inmigrante para trabajadores extranjeros, distribuidas en diferentes categorías según la especialización y el tipo de empleo. La visa EB-4, también conocida como visa para “inmigrantes especiales”, está destinada a ciertos grupos con funciones específicas dentro del país.

Los beneficiarios de la visa EB-4 incluyen:

  • Miembros de comunidades religiosas.
  • Jóvenes inmigrantes en circunstancias especiales.
  • Empleados de medios de comunicación internacionales.
  • Funcionarios jubilados de organizaciones internacionales (G4) y sus familiares.
  • Empleados civiles vinculados a la OTAN-6 y sus familiares.
  • Miembros de las fuerzas armadas de EE. UU.
  • Trabajadores gubernamentales de la antigua Compañía del Canal de Panamá.
  • Médicos con licencia que ejercían en EE. UU. antes del 9 de enero de 1978.
  • Personas que han colaborado con información sobre actividades delictivas o terroristas.

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Dentro de esta categoría, los trabajadores religiosos han sido beneficiarios recurrentes de la visa EB-4. Sin embargo, la continuidad del programa, con excepción de los ministros, depende de renovaciones legislativas, lo que ha generado incertidumbre sobre su permanencia.

El fin del programa afectará únicamente a los trabajadores religiosos no ministros, quienes hasta ahora podían emigrar o ajustar su estatus para desempeñarse en diversas instituciones. Esto incluye roles como consejeros, traductores, monjas y monjes, que han sido fundamentales en muchas organizaciones religiosas y comunitarias.

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Según USCIS, a partir del 13 de marzo de 2025 no se emitirán nuevas visas SR ni se permitirán ajustes de estatus en esta subcategoría. Incluso aquellas visas aprobadas antes de la fecha de vencimiento solo tendrán validez hasta ese mismo día.

Modificaciones en la solicitud de la Green Card para 2025

Desde el 10 de febrero de 2025, USCIS aplicará un nuevo requisito en el proceso de ajuste de estatus para obtener la residencia permanente. La principal modificación se relaciona con la actualización del formulario oficial de solicitud, y aquellos que no usen la versión más reciente verán sus peticiones rechazadas automáticamente.

Esta medida busca optimizar la revisión de solicitudes y minimizar errores en el trámite. USCIS ha aclarado que cualquier formulario con una edición anterior al 24 de octubre de 2024 será considerado inválido, sin importar la fecha en que haya sido enviado.

¿Cómo realizar el ajuste de estatus con los nuevos cambios?

Para evitar inconvenientes en la solicitud de la Green Card, USCIS recomienda seguir estos pasos esenciales:

  • Verificar la versión del formulario: La fecha de edición está indicada en la parte inferior de cada página del documento y sus instrucciones.
  • Asegurar la uniformidad de las páginas: Si se envía el formulario impreso, todas las hojas deben pertenecer a la versión actualizada y los números de página deben ser legibles.
  • Revisar las nuevas preguntas y directrices: La última actualización del formulario I-485 incluye modificaciones diseñadas para hacer más ágil el proceso de evaluación de solicitudes.

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