El Ministerio de Agricultura expidió la Resolución 052 del 17 de marzo de 2025, en la que reglamenta las labores de inspección, vigilancia y control sobre las asociaciones campesinas y agropecuarias nacionales. La medida ha generado preocupación en algunos sectores gremiales, que consideran que otorga facultades excesivas al ministerio.
Ante las críticas, la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, explicó en entrevista con La FM de RCN que la resolución se enmarca dentro de la Ley 2219 de 2022, sancionada en el gobierno anterior, y que no excede las competencias asignadas por esta normativa.
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"Nosotros estudiamos a fondo la resolución, que es materia de reglamentación de una ley del 2022 sancionada por el entonces presidente Iván Duque. Tenemos seguridad jurídica frente a la resolución, pero, como todas las decisiones administrativas en el estado social de derecho, están sujetas al control público y de legalidad por parte de los jueces de la República", afirmó la ministra.
Carvajalino aclaró que el Ministerio no se está adjudicando nuevas funciones de inspección y control, sino que estas ya estaban estipuladas en la ley. "Esta norma es el cierre de un debate que lleva al menos 40 años en el sector. Desde 1989, cuando se reestructuró el Ministerio de Agricultura, se le asignaron funciones de vigilancia y control sobre estas organizaciones", indicó.
En 2015, el Consejo de Estado determinó que estas facultades debían estar expresamente señaladas en una ley y, posteriormente, en 2020, reiteró que el Ministerio de Agricultura tenía dichas competencias, aunque existía un vacío legal. Según la ministra, la Ley 2219 de 2022 buscó dar claridad al asunto y ordenó al Ministerio reglamentar el procedimiento y las medidas aplicables.
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Uno de los puntos de controversia es la posibilidad de suspender temporalmente la personería jurídica de las asociaciones. Frente a esto, Carvajalino sostuvo que estas medidas ya existen en otros regímenes sancionatorios. "La intervención administrativa y la suspensión de la personería jurídica son herramientas que ya se encuentran en el régimen de inspección, vigilancia y control de las superintendencias y otras entidades. Sin embargo, estamos abiertos a discutir ajustes si generan preocupación en los sectores afectados", afirmó.
En cuanto a la administración de los recursos parafiscales, la ministra diferenció este tema del control a las asociaciones. "La vigilancia sobre los fondos de fomento es otro debate y está regulado por la Ley 101, la cual establece que el Ministerio de Agricultura supervisa estos recursos, que provienen de contribuciones de los productores", explicó. También aclaró que cada gremio tiene un contrato especial con el Ministerio de Agricultura o de Hacienda para la administración de dichos fondos.
Respecto a las sanciones que puede imponer el Ministerio, Carvajalino subrayó que estas están contempladas en la Ley 2219 y se enmarcan dentro del Código Administrativo y del Código General del Proceso. "Nosotros no estamos creando sanciones nuevas. Nos basamos en medidas ya aplicadas por otros ministerios, como el de Educación, Justicia y Comercio", señaló.
Finalmente, la ministra reiteró la disposición del Gobierno a dialogar con los gremios para garantizar que la aplicación de la norma no genere incertidumbre. "Estamos abiertos a construir una reglamentación que dé garantías a todos los actores, sin que se desdibuje la función legal de inspección, vigilancia y control que nos fue asignada", concluyó.