Los esposos María Fernanda Ángel Muñoz y Carlos Felipe Toro Sánchez, fueron capturados en el curso de una investigación por presuntos vínculos con el narcotráfico y en un operativo de extinción de dominio fueron incautadas algunas pertenencias que incluyen dinero efectivo, joyas y hasta lingotes de oro.De forma insólita, un juzgado le ordenó a la Fiscalía la devolución de esos bienes, atribuyendo irregularidades en el proceso de extinción de dominio. La decisión fue apelada y llegó al Tribunal Superior de Bogotá que, a través de la sala de extinción de dominio, dejó sin efecto las pretensiones de los afectados y de paso la decisión del juez.“La Fiscalía General de la Nación tuvo conocimiento de la existencia de una organización delincuencial conocida como el “Cartel del Norte del Valle”, liderada por Diego León Montoya Sánchez, alias de “Don Diego”, quien fue extraditado a los Estados Unidos de América y donde actualmente se encuentra privado de la libertad”, explica la decisión del Tribunal.De acuerdo con la defensa de alias Pipe Montoya, la Fiscalía no logró sustentar de manera adecuada por qué era necesario hacer la incautación de los bienes que aparecen en el listado y que en su criterio fueron adquiridos de manera legal por sus clientes, entre ellos el dinero en efectivo, las joyas y los lingotes de oro.“El apoderado de Carlos Felipe Toro, en el traslado a los no recurrentes, adujo que la Fiscalía incumplió la carga de sustentar adecuadamente la apelación, por cuanto en realidad no controvirtió la decisión de primera instancia, sino que presentó argumentos ininteligibles, así como un volumen de información que se orientaba a demostrar la procedencia de la extinción de dominio, pero no su inconformidad con lo decidido”, advierte el Tribunal.La Fiscalía apeló la decisión del juzgado que obligaba al ente acusador a devolver esos bienes. El Tribunal le dio la razón a los fiscales que adelantaron los operativos de extinción de dominio mientras advirtió que no hubo irregularidades en el proceso, ni en las decisiones de los fiscales de lavado de activos que dejaron a disposición los bienes incautados.“Es así que ninguna irregularidad se presentó por el hecho de que la Fiscalía de Lavado de Activos, que tramitaba la investigación penal, dejara los bienes a disposición de la Fiscalía de Extinción de Dominio, pues, al contrario, esa era su obligación legal, como así se desprende de los artículos 64 y 88 de las leyes 600 de 2000 y 906 de 2004, respectivamente”, explicó el Tribunal en su decisión.Por ahora, es la Fiscalía la que gana el round contra los señalados narcotraficantes y mantiene la legalidad de los procedimientos que permitieron la incautación de los bienes, el dinero y los lingotes de oro. “Por tanto, resulta inadecuado sostener que la resolución de medidas cautelares emitida por la Fiscalía se haya fundado en pruebas ilícitamente obtenidas”, insistió el Tribunal tras dejar sin efecto la decisión del juzgado.